5 Errores prácticos en la emisión de los CFDI versión 3.3 y sus multas


En la nueva factura 3.3, los contribuyentes debemos especificar todas nuestras operaciones con datos como tipo de moneda, tipo de activos que vendemos, bancos, direcciones postales, entre otros, lo que le facilitará al Servicio de Administración Tributaria (SAT), fiscalizarlos con un menor esfuerzo.

La factura 3.3 requiere de más información e implica una curva de aprendizaje importante, en especial para aquellos contribuyentes que realizan sus facturas sin ayuda de un contador o que no trabajan con un PAC que les envíe la información necesaria.

Estos son algunos de los principales errores que han cometido los usuarios al emitir las nuevas facturas y que puedes evitar para que no rechacen tus facturas.

1.- MÉTODO Y FORMA DE PAGO

Si al momento de emitir la factura electrónica aún no has recibido el pago por el servicio que brindaste, solo tienes que indicar la clave que indica que el pago está por definir (99), ya que si señalas que la compensación ya se realizó, por ejemplo vía trasferencia electrónica (03), aunque aún no se haya hecho, el SAT considerará que ya recibiste ese ingreso y por lo tanto, te requerirá que pagues el impuesto correspondiente.

Si sabes que el pago se realizará en varias exhibiciones, entonces debes señalar que este se hará en parcialidades o diferido. En este caso, si no sabes el método de pago, sí debes señalar que está por definir.

Y no olvides utilizar el complemento de pagos si es que el pago se realizará en varias exhibiciones, ya que deberás generar un comprobante por cada pago que recibas y uno más por el total de la transacción, y relacionarlos entre ellos.

2. CLAVE DE PRODUCTO O SERVICIO

Como parte de la nueva factura 3.3, el SAT publicó varios catálogos con 53,000 productos y servicios, por lo que los contribuyentes deben buscar la clave que más se adecue a la mercancía que venden o servicio que prestan.

Aunque el SAT dijo que aún no considerará multas por errores, lo que se recomienda es que vayan SIENDO más específicos al elegir sus productos desde los catálogos y no usar la clave genérica, salvo en casos excepcionales, o en el caso de que no exista el producto en el catálogo.

Si el producto específico no está en el catálogo, el contribuyente puede usar la clave del producto o servicio que lo englobe. Por ejemplo, si emitirás una factura por la venta de donas, puedes utilizar la clave 50181900 de Pan, galletas y pastelitos dulces.

3. TASA O CUOTA

Si la factura que emitirás implica un servicio o un bien exento del Impuesto al Valor Agregado (IVA), tendrás que especificar que la tasa del impuesto es de 0.00. En las versiones anteriores de la factura electrónica este campo podía quedar en blanco, pero ahora, tendrás que señalar que la tasa es de cero. Y no olvides que el paso inicial que se recomienda aplicar con el CFDI 3.3 es dar de alta tus impuestos.

Para ello, insistimos, debes asesorarte con un contador de confianza, ya sea de forma permanente o pagándole “por evento” por cada asesoría. Hoy en día, al menos para arrancar la facturación en esta versión, TODOS DEBEMOS ASESORARNOS CON UN CONTADOR.

4. USO DEL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET (CFDI)

Otro de los errores es señalar en todas las facturas electrónicas o CFDIs “Por definir” en el apartado de uso de comprobantes.

Si aún no sabes para que se utilizará el comprobante puedes poner por definir, pero en caso contrario, debes especificar el uso y la clave correspondiente, como gasto en general, gastos médicos por incapacidad o discapacidad, honorarios médicos, etcétera.

5. DOMICILIO FISCAL

Aunque ya no es necesario solicitar la dirección fiscal a los clientes, muchos negocios continúan pidiéndolo, y aunque no le quita validez al comprobante, implica una pérdida de tiempo para el consumidor.

Trata de dar de alta el domicilio de tus clientes desde el inicio. Si prefieres no hacerlo, ponte de acuerdo con tu cliente si lo requiere.

A fin de cuentas al SAT no le interesa que este dato aparezca en los comprobantes, con el RFC le basta para identificar a los involucrados en una transacción a detalle.

¿MULTAS POR FACTURA 3.3?

El SAT ha indicado que de momento no se impondrán multas si el contribuyente comete un error en las claves de los productos o la medida de estos, siempre y cuando estén bien descritos en los campos correspondientes.

No obstante, aún no se conoce el tiempo que durará este periodo de gracia, se calcula que durará sólo el primer semestre del año, por lo que los contribuyentes debemos acelerar el proceso de aprendizaje, y de esta manera evitar errores en nuestras nuevas facturas.

Si los contribuyentes cometemos por ejemplo en la clave o medida de los productos, los contribuyentes enfrentarán estas multas:

Persona física: de $ 1,240.00 pesos a $2,410.00 pesos.
Persona moral: de $ 13,5470.00 pesos a $77,580.00 pesos.

Y en caso de reincidencia la autoridad podría incluso clausurar las actividades del contribuyente de tres a 15 días.

Recomendación

No eches en saco roto la recomendación de revisar cada archivo y estudiarlo DE LA MANO DE TU CONTADOR, juntos podrán entender mejor este cambio.

Ya verás que en unos meses incluso te resultará más fácil generar un comprobante versión 3.3 que generar un comprobante en las versiones anteriores.

7 comentarios en «5 Errores prácticos en la emisión de los CFDI versión 3.3 y sus multas»

  1. OTRO ERROR COMUN EN LA EMISION DE CFDI 3.3 ES SEÑALAR EN TIPO RELACION: «01» EN TODOS LOS CFDI DE TIPO EGRESO E INCLUSIVE CUANDO ESTAS SON NOTAS DE CREDITO POR DEVOLUCIONES DE MERCANCIAS (TIPO RELACION «03»). EL COSTO DE VENTAS ESTA SIENDO OBSERVADO EN LOS CFDI TIPO EGRESO PARA LOS CLIENTES Y PROVEEDORES.

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  2. OTRO ERROR COMUN EN LA EMISION DE CFDI 3.3 ES SEÑALAR EN TIPO RELACION: «01» EN TODOS LOS CFDI DE TIPO EGRESO E INCLUSIVE CUANDO ESTAS SON NOTAS DE CREDITO POR DEVOLUCIONES DE MERCANCIAS (TIPO RELACION: «03»). EL COSTO DE VENTAS ESTA SIENDO OBSERVADO EN LOS CFDI TIPO EGRESO PARA LOS CLIENTES Y PROVEEDORES.

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  3. Respecto a esta nota de este artículo: Y no olvides utilizar el complemento de pagos si es que el pago se realizará en varias exhibiciones, ya que deberás generar un comprobante por cada pago que recibas y uno más por el total de la transacción, y relacionarlos entre ellos. ¿mi duda es? si en el cfdi ingreso anote clave 99 y posteriormente me pagan en una sola exhibición no emito cfdi-pago por el pago?

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  4. los 5 puntos que marcaron es correcto en la practica como que los clientes aun no aceptan lo importante que es cada concepto, y si lo piden es por algo.
    la duda que tengo que una persona quiere que a todos sus comprobantes en el uso del cfdi se le ponga por definir, si es una escuela y sabe para que lo va usar, cuanto tiempo podrá usar el por definir saludos y gracias

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  5. Porqué si el bien está exento se debe poner tasa 0? La tasa 0 es por ejemplo para medicinas o libros, agua, exportaciones, etcétera, pero los exentos no están sujetos a tasa 0, están exentos.

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  6. Muchas gracias por las aportaciones con estos cambios que se estan dando enmateria fiscal ara el 2018 sobre todo de la facturacion electronica en su version 3.3

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  7. Buenos días! voy a dirigir un comentario respecto de la dirección omitida en los C.F.D.I., en virtud de que no aparecerá la dirección en los C.F.D.I.´S, ¿cómo podré saber en el caso de viáticos, si el gasto se realizó dentro o fuera de los 50 kms., en relación al domicilio fiscal, para efectos de la deducción?
    En mi opinión, es de suma importancia que en el C.F.D.I., siga apareciendo el domicilio fiscal del proveedor del bien o servicio, en relación al comentario anterior.

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