El SAT emitió un video tutorial que les servirá a las personas físicas con actividad empresarial y profesional, así como a las personas físicas con régimen intermedio a presentar sus pagos provisionales en el Servicio de Declaraciones y Pagos para generar su pago referenciado.
A partir de cuando las personas físicas están obligadas a utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos?
- A partir de septiembre del 2012 se incorporan las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado, hayan manifestado ingresos superiores a 1’000,000 de pesos para los pagos provisionales y definitivos correspondientes a agosto del 2012 y subsecuentes.
- A partir de septiembre todas las personas físicas, que no se encuentren en el supuesto anterior, pueden optar por utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos, correspondientes a agosto del 2012 y subsecuentes. Se entenderá que se ejerce la opción señalada, a partir del primer pago que se efectúe a través del Servicio de Declaraciones y Pagos. Quienes ejerzan la opción indicada, no podrán variar la misma durante el ejercicio fiscal.
A continuación les dejo la video guía para presentar sus pagos provisionales en el Servicio de Declaraciones y Pagos para generar su pago referenciado:

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