Los Estados de Cuenta como Comprobantes Fiscales

 

Puede deducir sus gastos o compras sólo con los estados de cuenta

Estado de cuenta Bancomer

Para hacer sus deducciones o acreditamientos, usted  puede comprobar las adquisiciones de bienes o servicios sólo con los estados de cuenta sin que requiera solicitar o conservar factura o comprobante simplificado de la compra, siempre que realice el pago con cheque nominativo para abono en cuenta, tarjeta de crédito o de débito, con monedero electrónico, tarjeta de servicio o mediante traspaso de cuentas entre bancos.

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Para ello se establecen mínimos requisitos contemplados en la regla I.2.10.18 de la 2a Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009, tales como:

  • Que los gastos, compras o inversiones que pretenda deducir con los estados de cuenta estén gravados a las tasas de 11% o 16% de IVA.
  • Que cada transacción no rebase de 100,000 pesos, sin incluir el IVA.
  • Que el estado de cuenta tenga el RFC del proveedor del bien o servicio que se deduce.
  • Registrar en la contabilidad las operaciones que se comprueben con los estados de cuenta.
  • Conservar el original del estado de cuenta durante el plazo que establece el artículo 30 del Código Fiscal de la Federación.

Cuando se realicen adquisiciones mayores a 100,000 pesos o cuando las mismas estén exentas del IVA o gravadas a la tasa del 0% se podrán deducir con los estados de cuenta, pero adicionalmente deberá solicitarse al proveedor y conservar el comprobante simplificado, que podrá ser:

  • Una nota de venta.
  • Una nota de remisión.
  • Un comprobante emitido por terminal punto de venta o por máquina registradora de comprobación fiscal y convencional.
  • Cualquier comprobante que se emita de manera manual o electrónica.

Dichos comprobantes deben describir los bienes o servicios adquiridos y contar con el IVA desglosado. Los comprobantes que se emitan de manera manual deberán tener impreso el RFC del proveedor.

Verifique que el RFC que aparece e el estado de cuenta que le emite su banco sea correcto y corresponda con el que tiene registrado ante el SAT para que pueda comprobar sus deducciones fiscales sin necesidad de solicitar una factura.

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