Derivado de la reforma laboral el artículo 12 de la Ley Federal del Trabajo prohíbe la subcontratación de personal, y el artículo 13 de la Ley en comento establece que se pueden contratar servicios especializados o la ejecución de obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica del contratante, a continuación, veremos el caso concreto de los comisionistas.
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