Más supuestos para la retención del 6% de IVA definidos por el SAT

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A partir de 2020 a los prestadores de servicios de personal se les retiene un 6% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en el CFDI, según lo establecido en el artículo 1-A, fracción IV (LIVA).

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¿Aplica la retención de IVA al 6% en prestación de servicios?

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A partir de 2020 las Personas Físicas o Morales están obligados a la retención del 6% de IVA, por los servicios que les proporcionen empresas de servicios de subcontratación de personal (outsourcing). Pero uno de los problemas de la reforma fiscal es la modificación a la fracción IV del artículo 1-A de la Ley del IVA para establecer lo siguiente:

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