El Régimen de Incorporación Fiscal RIF inicio en 2014 con la eliminación del REPECO o Régimen de Pequeños Contribuyentes. Uno de los principales beneficios del RIF es el NO pago del Impuesto Sobre la Renta desde el primer año, esto significa una exención del 100% del ISR; pero a medida de que pasan los años de le va quitando un 10% a esa exención.
Por esta razón surge la pregunta que frecuentemente tienen los contribuyentes ¿cuándo comienza el segundo año en el régimen?
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A partir de 2014 ya no existirá el Régimen Intermedio ni el de Pequeños Contribuyentes o REPECOS, esto fue aprobado por el congreso de la unión el pasado 31 de octubre, aunque aun esta pendiente de publicarse en el Diario oficial de la Federación es casi un hecho de que los contribuyentes que estén bajo estos regímenes pasen al nuevo tipo de contribuyentes llamado Régimen de Incorporación Fiscal, que iniciara a aplicarse a partir de 2014.