Deducciones Personales para 2014 – Busca PRODECON eliminar el Limite


La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) consideró violatorio de derechos fundamentales, como lo son el mínimo vital y las garantías constitucionales de proporcionalidad y equidad, el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, aprobado el 2013 en la pasada reforma fiscal, y que establece un tope a las deducciones personales de los contribuyentes, quienes sólo podrán deducir la cantidad que resulte menor entre el 10% de sus ingresos anuales o cuatro salarios mínimos generales elevados al año del área geográfica respectiva ($93,104.20 o $98,243.40).

El Ombudsman del contribuyente dijo que ese tope de las deducciones al 10% de los ingresos totales de la persona física resulta regresivo para los pagadores de impuestos más vulnerables y que son los que tienen ingresos más reducidos. En muchos casos, se trata de padres de familia o personas de la tercera edad que no cuentan tan siquiera con seguridad social, ya que no gozan de un salario fijo, por lo que tienen que realizar erogaciones para atender las contingencias médicas y hospitalarias tanto suyas, como de sus hijos y cónyuge, y quienes también, comúnmente, se encuentran pagando, con grandes esfuerzos, intereses por la adquisición de su vivienda. Todos esos gastos sólo podrán ahora deducirlos, hasta el 10% de sus, muchas veces, modestos ingresos.

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Sociedades Cooperativas de Ahorro y Prestamo, integrantes del sector financiero para efectos del ISR

 

Mtro. José Luis Figueroa Jácome

El artículo 2, fracción X de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (LRASCAP), establece que las SCAP forman parte del sector financiero como integrantes de un sector social, sin fines de lucro; sin embargo, el tercer párrafo del artículo 8 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), no contempla a dichas sociedades como integrantes del sector financiero para efectos del ISR, lo que genera inseguridad e incertidumbre jurídica, pues dichas sociedades desconocen si están o no obligadas a aplicar a sus cooperativistas, la retención prevista en el artículo 58 de la LISR.

ANTECEDENTES

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, en su carácter de organismo autónomo no sectorizado que tiene por objeto velar por el efectivo acceso a la justicia fiscal de los pagadores de impuestos, como lo disponen los artículos 1° de su Ley Orgánica; 18-B del Código Fiscal de la Federación y, en ejercicio de las atribuciones que le conceden los artículos 5, fracciones I, IV, V, X, XI y XVI, de dicha Ley, así como 72 y demás relativos de los Lineamientos que regulan el ejercicio de sus atribuciones sustantivas, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de agosto de 2011, ha detectado la problemática planteada, aperturando los expedientes citados al rubro, por lo que en virtud de que se trata de cuestiones estrechamente vinculadas se analizan de forma conjunta.

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Eliminar la Evasión y la Elusión Fiscal en la Nueva Cultura Contributiva – Prodecon

 

L.C. Y L.D. ALBERTO DAVID ESQUIVEL MEDINA
Integrante de la Comisión Fiscal

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) es un nuevo organismo del Estado mexicano que brinda atención profesionalizada e imparcial al contribuyente para defender, proteger y promover sus derechos. En este sentido, la cultura contributiva es de gran importancia para Prodecon no solo porque, como se observa de la lectura del Art. 5, Fracc. XV, de su Ley Orgánica, el legislador le encomendó la alta labor de fomentar y difundir una nueva cultura contributiva, sino porque la Prodecon está convencida de que esta será de beneficio para el país.

¿QUÉ ES CULTURA CONTRIBUTIVA?

Discurrir sobre cultura contributiva requiere referirse primero a la cultura, entendida como el conjunto de valores, creencias y actitudes que tienen en común un determinado número de personas y que modelan la forma como ellos perciben, piensan y actúan.

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10 Puntos para Defender al Contribuyente ante una Reforma Fiscal – PRODECON

 

Las reformas fiscales traerán consigo una serie de cambios en los métodos de recaudación, su exigibilidad y la modificación de las obligaciones y derechos de los contribuyentes, por lo que la Procuraduría de la Defensa al Contribuyente (PRODECON) se dio a la tarea de enlistar los 10 Puntos que propone la PRODECON para la seguridad jurídica del empresario.

Los siguientes son los 10 puntos que proponen ante una inminente Reforma Fiscal este 2013 o 2014:

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Crear una Nueva cultura Contributiva en México – Unen esfuerzos Prodecon y Canacintra

 

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) y la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación (Canacintra) firmaron un convenio de colaboración para la difusión de una nueva cultura contributiva, por lo que en  conjunto llevarán a cabo talleres y conferencias para el desarrollo de una agenda
de trabajo que fortalezca a ambos organismos.

La Procuradora de la Defensa del Contribuyente, Diana Bernal Ladrón de Guevara, dijo que el Ombudsman del contribuyente puede ayudar a los industriales al presentar una queja en contra de la autoridad fiscal, la cual está obligada a responder en 72 horas. En la firma del convenio, dijo que hay quejas recurrentes de inmovilización de cuentas bancarias en contra del Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores, el Servicio de Administración Tributaria y el Instituto Mexicano del Seguro Social, lo cual ya es un problema sistémico.

La Procuraduría será abogado gratuito de los contribuyentes agremiados de 80 delegaciones de Canacintra.
Es el primer convenio que Prodecon y Canacintra firman a nivel nacional

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El SAT cancela un adeudo que volvía ruinosa la situación de un Contribuyente – Prodecon

 

heroe prodecon cmx La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) se congratula de que la nueva Administración del Servicio de Administración Tributaria (SAT) que encabeza el Licenciado Aristóteles Núñez Sánchez haya aceptado la recomendación 19/2012 que fue dirigida a la Administración Local de Recaudación de Zacatecas desde el 9 de agosto del pasado año, ya que debido a su morosidad en el cobro de un adeudo fiscal que provenía desde 1994, ocasionó que el monto del mismo creciera en tal forma que resultó impagable para el contribuyente, originando la pérdida completa de su patrimonio.

Durante 18 años, un pagador de impuestos sufrió el remate de tres propiedades y el embargo de seis bienes inmuebles y tres terrenos. Sin embargo, a pesar de ello, aún adeudaba más de tres millones 484 mil pesos cuando acudió por primera vez a Prodecon; cifra que era siete veces superior al primer crédito fiscal que había ofrecido pagar.

En su Recomendación 19/2012, Prodecon estimó que la autoridad violó los derechos fundamentales del gobernado, consistentes en legalidad, debido proceso, seguridad, certeza jurídica, capacidad contributiva y no confiscatoriedad, tutelados en la Constitución y en tratados internacionales; lo que incluso había motivado que la Procuraduría planteara acudir con este caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

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Deben las Autoridades Fiscales mejorar sus Practicas Administrativas – PRODECON

 

El 12 de abril de 2013 la Prodecon emite la primera recomendación en México de mejores prácticas administrativas, de la cual sobresale que la inédita recomendación fue aceptada por el SAT. También se tiene en cuenta ya que a nivel internacional, las administraciones tributarias están adoptando las mejores prácticas en beneficio de los contribuyentes.

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) emitió la recomendación 02/2013 dirigida al Servicio de Administración Tributaria (SAT) en donde destaca la importancia de que éste adopte las mejores prácticas administrativas en beneficio de los contribuyentes. Esta es la primera vez que un Defensor de Derechos en México emite una recomendación respecto a las mejores prácticas que deben adoptar las autoridades fiscales, por lo que el ombudsman del contribuyente se congratula de que el SAT la haya aceptado, ya que ello brindará mayor transparencia y certeza jurídica a los pagadores de impuestos.

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Defensa del Contribuyente por Requerimientos Vencidos o Prescritos del IMSS – PRODECON

 

prodecon Diversos contribuyentes han acudido a esta Procuraduría solicitando asesoría, la interposición de una queja o de un medio de defensa, derivado de que autoridades del Instituto Mexicano del Seguro Social les han requerido el cobro de créditos fiscales prescritos, toda vez que corresponden a períodos en relación con los cuales ya ha transcurrido un lapso considerable.

En algunos de los casos, los créditos que el Instituto Mexicano del Seguro Social pretendía cobrar a los contribuyentes no les habían sido determinados ni notificados previamente y, por tanto, dichos créditos les resultaban desconocidos, además de encontrarse prescritos de acuerdo con las disposiciones fiscales aplicables. En otros casos, autoridades del Instituto Mexicano del Seguro Social se presentaron para llevar a cabo el procedimiento administrativo de ejecución por créditos fiscales que, en su momento habían sido determinados y notificados con oportunidad, pero que posteriormente, más allá de los límites legales de prescripción, pretendieron realizar su cobro.

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