Es la opción que tienen los contribuyentes de pagar el impuesto sobre la renta que resulte a cargo en la Declaración Anual, en forma diferida o parcialmente, hasta en seis mensualidades consecutivas e iguales, sin autorización previa y sin tener que garantizar el interés fiscal. Para ello, debe hacer lo siguiente:
- Señale en el programa DeclaraSAT o Declaración simplificada el número de parcialidades elegidas sin exceder de seis.
- Presente la Declaración Anual a más tardar en abril, cubriendo la primera parcialidad.
- Pague la segunda parcialidad y posteriores con la forma fiscal FCF, que debe solicitar en la Administración Local de Recaudación que le corresponda, o bien, a través de INFOSAT (01 800 46 36 728) en la que se incluirán la actualización y recargos que correspondan.
Si presenta su Declaración Anual a más tardar en abril no tiene que presentar ante el SAT el aviso de que opta por pagar en parcialidades. La opción de pago en parcialidades quedará sin efectos y las autoridades fiscales requerirán el pago inmediato del crédito fiscal cuando el mismo no se haya cubierto en su totalidad, a más tardar en el mes de septiembre.
Como se Solicita el Pago en Parcialidades al SAT?
Los Contribuyentes que quieran la opción de pagar su ISR en parcialidades deberán considerar que:
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Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.