A lo largo de mi carrera profesional como Contador Público he observado que la mayoría de los contribuyentes desconocen la aplicación de diversos beneficios fiscales los cuales si se aplican la consecuencia es que pagas menos impuestos.
No hablare de técnicas poco éticas ni estrategias complicadas para evitar la recaudación de las autoridades fiscales, simplemente hablare de donde a mi parecer se tiene que poner mayor énfasis para que pagues lo que debes de pagar y evitar pagar de más.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
El artículo 15, fracción II de la LISR permite a los contribuyentes que estimen el coeficiente de utilidad que deben aplicar para determinar los pagos provisionales, superior al coeficiente del ejercicio al que correspondan tales pagos, a partir del segundo semestre del ejercicio (julio), solicitar autorización para disminuir el monto que les corresponda. En caso de haber cubierto una cantidad menor a la que les hubiera correspondido, se cubrirán “recargos” por la diferencia entre los pagos autorizados y los que les hubieran correspondido.