Si eres Persona Física y estas obligado a enviar la Contabilidad Electrónica, puedes NO enviar la información al SAT siempre y cuando utilices la herramienta “Mis Cuentas” de la página del SAT.
Esto se publicó en el la página del SAT el día 04 de marzo, en el anteproyecto de la 1ra Modificación a la RMF 2016 en su regla 2.8.19 habla de que las Personas Físicas y Asociaciones Religiosas deben enviar una aclaración que mencione que van a utilizar “Mis Cuentas” para no enviar la Contabilidad Electrónica”.
A continuación les dejamos la modificación que nos habla de quienes deben presentar dicha aclaración en el portal del SAT:
Nuestra labor es compartir experiencia en el ámbito contable, fiscal y de seguridad social, con el fin de promover la Cultura Contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.