Impuestos a plataformas digitales por declarar al SAT (Personas Físicas)

impuestos a plataformas digitales SAT

 

Las Personas Físicas que obtengan ingresos a través de plataformas tecnológicas como lo son Uber, Didi, Airbnb o similares, se les retendrá el ISR e IVA, debiendo declarar impuestos al SAT de forma mensual.

Los impuestos que se enteran al SAT son las retenciones que les hace la propia plataforma tecnológica a las Personas Físicas (ISR e IVA), debiendo estas considerarlas para su Pago Provisional o como Pago Definitivo (según sea el caso).

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Alta en el SAT por ingresos en Uber, Didi, Airbnbn o aplicaciones similares

Plataformas sigitales impuestos IVA ISR SAT

 

Dentro de la reforma que se dio en la Ley del Impuesto Sobre la Renta se adiciono una fracción VI al artículo 111, por lo cual a partir del 1 de junio de 2020 los contribuyentes que presten servicios a través de plataformas digitales (Uber, Didi, Airbnb, UberEats, etc), ya no pueden tributar en este régimen.

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