Servicio de Declaraciones y Pagos – Reglas para su presentación en la pagina del SAT

 

Actualmente se esta modificando la manera de Presentar los pagos provisionales para las Personas Físicas en el Servicio de Declaraciones y Pagos de la pagina del SAT. Pero actualmente las reglas siguen siendo las mismas tanto para Personas Físicas como para Personas Morales, por lo que es bueno analizar cómo se hace actualmente contra los posibles cambios que se pudieran dar en un futuro.

Reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal 2014 aplicables al servicio de Declaraciones y Pagos

Libro I

Contribuyentes relevados de presentar aviso de compensación

I.2.3.4. Los contribuyentes que presenten sus declaraciones de pagos provisionales y definitivos a través del “Servicio de Declaraciones y Pagos” a que se refiere el Capítulo I.2.9. y la Sección II.2.6.5., en las que les resulte saldo a cargo y opten por pagarlo mediante compensación de saldos a favor manifestados en declaraciones de pagos provisionales y definitivos presentados de igual forma a través del “Servicio de Declaraciones y Pagos”, quedarán relevados de presentar el aviso de compensación que se señala en la regla II.2.2.6.

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Calculo Automático de Actualizaciones y Recargos en los Pagos Referenciados

Existen dudas de algunos contribuyentes que comentan que en el Sistema de Declaraciones y Pagos les calcula automáticamente los Recargos y Actualizaciones, su duda es si es legal que estos cálculos automáticos sean pagados tal cual aparecen en el Pago Referenciado. Para nos encargamos de investigar al respecto y encontramos que el contribuyente es el que tiene que capturar manualmente los recargos y actualizaciones de sus contribuciones pagadas fuera de plazo.

A continuación les dejamos la siguiente información al respecto, no sin antes comentarles que podría ser benéfico considerar estos cálculos sobre todo si aun no tienen claro como llegar a los montos de estos 2 conceptos, no sin antes cerciorarse como es que la autoridad llego a esa cantidad calculada automáticamente.

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Fecha límite para presentar declaraciones y pagos ante el SAT y días adicionales

Fecha límite para presentar declaraciones y pagos ante el SAT y días adicionales

 

Desde 2012, muchos contribuyentes están obligados a presentar los pagos provisionales desde el Sistema de declaraciones y pagos. Tanto personas físicas como morales deben considerar la siguiente información para cumplir en tiempo y forma sus pagos provisionales.

Algunos contribuyentes tienen una duda recurrente: si, en la presentación de declaraciones provisionales o definitivas y para efectos del vencimiento del pago, el Sistema de declaraciones y pagos considera en la línea de captura los días adicionales conforme al sexto dígito numérico del RFC.

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Declaraciones y Pagos del SAT: Requisitos técnicos

Declaraciones y Pagos del SAT Requisitos técnicos

 

En ocasiones, el talón de Aquiles de nuestra profesión es la dificultad para acoplarnos a los requerimientos tecnológicos que cada día se vuelven más exigentes cuando tratamos de cumplir con las disposiciones fiscales de la autoridad.

Ahora, el SAT exige a las personas morales presentar sus declaraciones mensuales mediante el sistema de Declaraciones y Pagos (DyP). Para ello, es necesario considerar los requisitos técnicos que nos permitirán cumplir adecuadamente con esta obligación.

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Personas morales sin coeficiente de utilidad: Sistema de Declaraciones y Pagos

Personas morales sin coeficiente de utilidad Sistema de Declaraciones y Pagos
 

La finalidad de crear una empresa y constituirla en una persona moral es generar ingresos para sus socios, los cuales serán tomados de las utilidades que esta genere. Mientras eso pase, debemos enterar en el esquema de declaraciones y pagos mes con mes el impuesto sobre la renta de personas morales. Al declarar en ceros debemos considerar algunos aspectos, principalmente, el coeficiente de utilidad.

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Servicios Mi portal: Acceso a Pago referenciado y Trámites y servicios

Servicios Mi portal Acceso a Pago referenciado y Trámites y servicios
 

Por fin se separan los Servicios de Mi Portal. Desde hace tiempo me parecía que este módulo concentraba demasiadas funciones, además de las que ya ofrecía el portal anteriormente. Esperemos que, con esta adecuación, el servicio de Pago Referenciado sea más estable y no presente problemas al momento de ingresar a él.

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Presentación de Declaraciones y Pagos DyP 2012: Guía práctica

Presentación de Declaraciones y Pagos DyP 2012 Guía práctica

 

El SAT emite una guía práctica para facilitar la presentación y cumplimiento de tus obligaciones fiscales, en este caso, de la modalidad de declaraciones y pagos, en la cual se obtendrá información personalizada (declaraciones de acuerdo con tus obligaciones en el Registro Federal de Contribuyentes). Además, ofrece la opción de cálculo automático de impuestos y proporciona, en su caso, una línea de captura para efectuar el pago correspondiente (pago referenciado).

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Pago de Impuestos Referenciados – Servicio de Declaraciones y Pagos

Ya existe la posibilidad de que si estas en el sistema de Servicio de Declaraciones y Pagos no tengas que hacer doble trabajo en primer lugar en el mismo servicio y en segundo en el portal del banco, ahora se podrá generar una referencia bancaria para solo capturarla en el portal de tu banco y el SAT ya sabrá cuando le llegue pago de impuestos de que se trata.

El Servicio de Declaraciones y Pagos se basa en la presentación directa ante el SAT de las declaraciones provisionales y definitivas, y el pago del impuesto en bancos utilizando el servicio de depósito referenciado, es decir, a través de una línea de captura. Este nuevo servicio sustituye al Esquema de Pagos Electrónicos que se presenta directamente en los bancos.

Contribuyentes que se incorporan en 2011

  • A partir de mayo, para los pagos provisionales y definitivos correspondientes a abril de 2011 y subsecuentes:
    Los contribuyentes que en términos del artículo 32-A del CFF, se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros en 2011, respecto del ejercicio fiscal 2010, aún cuando opten por la aplicación del beneficio establecido en el Artículo Tercero del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2010.
  • A partir de febrero para los pagos provisionales y definitivos correspondientes al mes de enero de 2011 y subsecuentes.
    Los contribuyentes que sean sujetos del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), deben utilizar el servicio de declaraciones y pagos.

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Obligaciones de Contribuyentes de IEPS 2011 Declaraciones y Pagos

Los contribuyentes obligados al pago del impuesto especial sobre producción y servicios, deberán efectuar sus pagos provisionales y definitivos de impuestos federales correspondientes al mes de enero del 2011 y subsecuentes, a través del Servicio de Declaraciones y Pagos (DyP). Este servicio se basa en la presentación de la declaración de todas las obligaciones de pagos provisionales y definitivos de impuestos federales directamente ante el SAT y el pago de los impuestos, a través de las instituciones de crédito autorizadas.

Contribuyentes del IEPS obligados a presentar sus declaraciones y pagos a través del servicio de Declaraciones y Pagos.

ieps bebidas energizantes

1. ¿Qué trámite debo realizar si a partir  del 1 enero del 2011 seré contribuyente que causará IEPS por la enajenación o producción de bebidas energetizantes? Debe de actualizar sus actividades económicas, mediante un movimiento de actualización de actividades (Aumento obligaciones)  en el portal del www.sat.gob.mx / Mi portal (utilizando RFC y CIECF).

2. A partir del 2011 seré contribuyente del IEPS por la enajenación o producción de bebidas energetizantes ¿Cómo presentaré el pago provisional y definitivo de TODOS los impuestos federales? A través del servicio de Declaraciones y Pagos que se encontrará disponible a partir de  febrero de 2011 podrá realizar la presentación de  TODOS sus impuestos federales, incluyendo IEPS.

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