Se cuenta con la facilidad para expedir CFDI’s o Facturas Electrónicas con la Fiel desde el 1ro de enero de 2014 según el trigésimo séptimo transitorio de la RMF 2014. En la Resolución nos dice que las personas físicas podrán emitir CFDIs sin necesidad de tramitar un certificado de sello digital (CSD), para ello bastará con que cuenten con el certificado de su Fiel (reglas I.2.2.2. y I.2.2.4.).
Si a los causantes se les hubiese cancelado algún certificado, les será restringido el uso de la Fiel para la emisión de los CFDI’s.
Nuestra labor es compartir experiencia en el ámbito contable, fiscal y de seguridad social, con el fin de promover la Cultura Contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.