Como patrones estamos obligados a retener y enterar el ISR a los trabajadores de conformidad con el artículo 96 primer párrafo de la LISR. Si no se tiene cuidado al determinar las cantidades a enterar al SAT del ISR retenido por sueldos y el subsidio al empleo, podemos pagar de más o en su caso realizar acreditamiento de más, estos errores en su caso pueden provocar créditos fiscales en caso de revisiones en donde el SAT detecte las inconsistencias, generando el pago de recargos y actualizaciones.
Asesoría y Capacitación Fiscal Monroy S.C.
Es una empresa integrada por contadores públicos profesionales y dedicados a brindarle su tranquilidad.