El cálculo del ISR o IETU anual, en algunos casos, puede resultar menor al monto acumulado de los pagos provisionales mensuales. Sin embargo, desafortunadamente, en esas situaciones el contribuyente debe pagar “por adelantado” el ISR o IETU. Esto debe considerarse como un anticipo del impuesto anual, que podría llegar a ser mayor al total acumulado de los pagos mensuales.
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