A partir del primero de junio de 2020 entró en vigor el nuevo esquema de plataformas digitales para personas físicas de actividades empresariales, respecto a este tema en el artículo segundo fracción VI transitorio de la LISR para el ejercicio de 2020 y artículo cuarto fracción IV transitorio de la LIVA para 2020 obliga a los contribuyentes que hasta el 31 de mayo de 2020 ya obtenían ingresos en plataformas digitales, tienen hasta el 30 de junio de 2020 para presentar el aviso de actualización de actividad económica.
Asesoría y Capacitación Fiscal Monroy S.C.
Es una empresa integrada por contadores públicos profesionales y dedicados a brindarle su tranquilidad.
Correo electrónico: contacto@contadormx.net