El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha implementado una serie de medidas a partir de octubre para simplificar y agilizar los trámites fiscales en México. Estas acciones están diseñadas para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, especialmente para aquellos que tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
A continuación, se detallan los cambios más significativos que afectan a los trámites del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), la firma electrónica (e.firma) y la obtención de la Constancia de Situación Fiscal.
Trámites del RFC y e.firma
- Inscripción simplificada: Tanto para personas físicas como morales, ya no es necesario realizar la preinscripción en el portal del SAT antes de acudir a una cita. Esto reduce significativamente el tiempo y los pasos necesarios para completar el trámite.
- Documentación reducida: Para la inscripción en el RFC y la obtención de la e.firma, las personas físicas solo necesitan presentar una credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral (INE) con domicilio visible y completo. Ya no se requiere la CURP ni un comprobante de domicilio.
- Renovación de e.firma: Las personas físicas cuya e.firma haya vencido hace menos de un año pueden renovarla a través de canales remotos. Si optan por hacerlo en las oficinas del SAT, solo necesitan llevar una memoria USB y su huella digital para identificación.
Constancia de Situación Fiscal
- Acceso simplificado: La Constancia de Situación Fiscal puede obtenerse en las oficinas del SAT presentando únicamente la huella digital o la credencial para votar. También está disponible en línea a través del Portal del SAT, SAT ID, SAT Móvil, Chat y Oficina Virtual.
- Cédula de Datos Fiscales: Se ha habilitado una nueva herramienta que permite a los contribuyentes consultar datos como nombre, RFC, régimen fiscal y código postal. Esta cédula está disponible en línea para facilitar el acceso a información fiscal relevante.
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Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)
- Exención de declaración anual: Los contribuyentes que tributan bajo RESICO están exentos de presentar una declaración anual. Solo deben realizar pagos mensuales, lo que simplifica su carga administrativa.
- Inclusión del sector primario: Aquellos dedicados a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas que sean socios o accionistas de uniones de crédito ahora pueden tributar bajo este régimen.
- Reincorporación al RESICO: Las personas físicas que hayan salido del RESICO pueden reincorporarse presentando un caso de aclaración o un aviso de actualización de actividades ante el SAT.
Con estas medidas, el SAT reafirma su compromiso con la eficiencia y la accesibilidad en los servicios fiscales, beneficiando tanto a los contribuyentes individuales como a las empresas. La simplificación de estos procesos no solo reduce la carga administrativa sino que también promueve un cumplimiento fiscal más amplio y efectivo.
Comentario final
En conclusión, las recientes medidas anunciadas por el SAT representan un paso significativo hacia la simplificación y eficiencia en los trámites fiscales, beneficiando a un amplio espectro de contribuyentes. Sin embargo, es importante que los contadores y contribuyentes estén atentos a la publicación oficial de estas disposiciones tanto en el sitio web del SAT como en el Diario Oficial de la Federación. Solo entonces se podrá contar con la certeza jurídica necesaria para implementar estos cambios de manera efectiva y asegurar el cumplimiento adecuado de las obligaciones fiscales.
Fuente: comunicato de prensa SAT
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