A partir de la implementación de la Facturación Electrónica se hizo muy común que algunos establecimientos obligaran a los clientes a generar la factura electrónica a través de un sitio de internet. Esto se hacia por la razón obvia de que era menos trabajo para el personal de la Persona Física o Moral que facturaba.
Pero como saben hace poco el SAT nos dice que la generación de la factura electrónica debe realizarse en el mismo establecimiento si el cliente así lo solicita y proporciona los datos necesarios en el lugar y momento en que se lleve a cabo la operación. Una vez generada la factura, debe ponerse a disposición del cliente.
Procedimiento para expedir CFDI Autorizado por el SAT
El vendedor recibe la solicitud de factura y el RFC, inicia el proceso de facturación, si es posible entrega la factura al momento, y/o señala medio/lugar para poder recibir o recuperar la factura en formato electrónico (XML) y su representación impresa.
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