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Algunas personas creen que es un delito no validar los Comprobantes Fiscales Digitales, ya que con la entrada en vigor de las nuevas disposiciones de facturación electrónica el problema no solo es expedir comprobantes sino recibirlos también, pues en algunos casos no existen los mecanismos para validarlos.

Emisores

  1. Enviar al proveedor de certificación autorizado las facturas electrónicas generadas, para su validación, asignación del folio e incorporación del sello digital del SAT.
  2. Conservar en medios electrónicos actualizados las facturas electrónicas y tenerlas a disposición de las autoridades fiscales.
  3. Expedir facturas electrónicas que amparen las operaciones efectuadas con el público en general (a través del RFC genérico XAXX010101000).
  4. Expedir facturas electrónicas para extranjeros (a través del RFC genérico XEXX010101000).

Receptores

  1. Conservar las facturas electrónicas recibidas en medios electrónicos actualizados.
  2. Validar las facturas electrónicas recibidas para efectos de deducción o acreditamiento de impuestos.

En el siguiente artículo podrás conocer cómo funciona la herramienta para validar que nos proporciona el SAT:

Validar comprobantes fiscales.

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Los Comprobantes Fiscales Digitales deberán cumplir con los requisitos señalados en el CFF, así como la regla 2.22.8 de la RMF. Como ya lo has hecho con las facturas antiguas o impresas, revisa que los siguientes datos sean correctos:

  • Datos del emisor: razón social, domicilio fiscal y RFC. En caso de que sea emitido en un local o establecimiento, indicar el domicilio
  • Folio y serie (en su caso)
  • Lugar y fecha de expedición, la cual incluirá la hora, minuto y segundo: aaaa-mm-mm-hh:mm:ss
  • Datos del receptor: RFC, en caso de que emitan CFD global que ampare operaciones con el público en general, tendrán que utilizar el RFC genérico (XAXX010101000)
  • Descripción de la mercancía y unidad de medida
  • Valor unitario, importe total y monto de impuestos
  • En caso de ventas de primera mano de mercancía de importación, deberá llevar numero y fecha del pedimento y la aduana
  • La cadena original del sello digital
  • Sello digital correspondiente al Comprobante Fiscal Digital
  • Número de serie del certificado de sello digital
  • Leyenda: Este documento es una impresión de un Comprobante Fiscal Digital
  • Número y año de aprobación de los folios
   

3 Comentarios

  • CARLOS FERNANDEZ dice:

    gracias por la pagina , me ha servido de mucho consultarla…. felicidades por tu aportacion desinteresada a nuestra profesion, gracias de nuevo

    NOTA DEL ADMINISTRADOR: Tu comentario ha sido transformado a minusculas. Desactiva el Bloqueo de Mayusculas cuando escribas en esta bitacora, por favor.

  • JOEL dice:

    los municipio como personas morales no contribuyentes (no estamos obligados a declaraciones de isr) tendriamos la necesidad de validar la facturacion electronica?

    • ContadorMX dice:

      Hola Joel, me imagino que te refieres a alguna contabilidad gubernamental? si es asi tengo entendido que ustedes también deben de tener un control de sus gastos y comprobación de los mismos así que deberían de validar las facturas que reciben aunque no paguen ISR, saludos

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