El artículo 19 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIEPS) establece una amplia serie de obligaciones formales, contables, informativas y de control para los contribuyentes sujetos al IEPS. Estas obligaciones tienen como objetivo permitir a la autoridad fiscal un control integral sobre actividades consideradas estratégicas o de alto impacto recaudatorio, sanitario y económico, como la comercialización de bebidas alcohólicas, tabacos labrados, combustibles, bebidas saborizadas, alimentos con alta densidad calórica y productos con nicotina.

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