Consultar e Imprimir RFC del SAT: Procedimiento para la impresión de la cédula

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Si cuentas con tu contraseña del SAT (antes clave CIECF), puedes ingresar a la página de Internet para descargarla y realizar los trámites que necesites, siempre y cuando estés dado de alta.

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Guía para Cambiar de CBB a CFDI – Empezar a utilizar Comprobantes Fiscales Digitales por Internet

cfdi-y-cbbEl cambio obligatorio de CFD a CFDI se dará el 1ro de enero de 2014 y para los que emiten comprobantes fiscales con Código de Barras bidimensional ya esta a la vuelta de la esquina, si facturas o emites recibos de honorarios, arrendamiento o cualquier comprobante fiscal con CBB y tus ingresos son superiores a 250 mil pesos, ve preparando tu migración al esquema de facturación electrónica porque no se tendrán mas opciones.

Regla I.2.8.1.1 Para los efectos del artículo 29-B, fracción I del CFF, las personas físicas y personas morales que tributen en el Título II de la Ley del ISR que en el último ejercicio fiscal, hubieran manifestado en la declaración anual del ISR ingresos acumulables iguales o inferiores a $250,000.00, podrán optar por expedir comprobantes fiscales en forma impresa con dispositivo de seguridad. Los ingresos acumulables de referencia se determinarán únicamente con aquéllos que deriven de ingresos, actos o actividades por los cuales exista obligación de expedir comprobantes fiscales.

En cualquier caso, cuando los ingresos acumulables excedan de $250,000.00, las personas físicas y morales no podrán volver a ejercer la opción a que se refiere la presente regla durante los ejercicios posteriores.

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Obligados a la Facturación Electronica a partir del 2014 y Requisitos para emitir CBB, Anuncia el SAT!

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A partir de 2014, todos los contribuyentes que utilizan el esquema de Comprobante Fiscal Digital (CFD) deberán utilizar el esquema de Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para la emisión de sus facturas electrónicas, también a partir de 2014 los contribuyentes con ingresos superiores a 250 mil pesos en el año, deberán utilizar el esquema de CFDI para la emisión de sus facturas electrónicas.

Todos los contribuyentes pueden adoptar la facturación electrónica, con independencia del nivel de ingresos que tengan y quienes tengan ingresos menores o iguales a 250 mil pesos, podrán seguir utilizando facturas en papel.

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Condonación de multas del SAT – Programa Ponte al Corriente sigue vía correo RMF 2013

 

En el Diario Oficial de la Federación se publico el 31 de mayo de 2013 la modificación a la resolución miscelánea 2013, analizando las nuevas disposiciones se puede decir que referente a los créditos fiscales, actualización y recargos que se condonaban al 100% o parcialmente mediante el programa llamado “Ponte al Corriente” emitido por el SAT, aun se pueden condonar o se condonan automáticamente aunque el contribuyente no haya presentado solicitud de condonación.

A continuación les dejo la publicación en el DOF haciendo énfasis en lo que se agrega a las reglas II.12.4.1. y II.12.4.2.

Presentación de la solicitud para obtener la condonación

II.12.4.1. Para los efectos del Transitorio Tercero, fracción I, último párrafo de la LIF, el contribuyente presentará a más tardar el 31 de mayo de 2013 la solicitud de condonación ante la ALSC, a través de la página de Internet del SAT, para obtener los beneficios a que se refiere la citada disposición.

Para los efectos del Transitorio Tercero, fracción I, incisos a) y b) de la LIF, los contribuyentes que tengan créditos fiscales a su cargo correspondientes a multas impuestas por incumplimiento a las obligaciones fiscales federales distintas a las de pago, podrán no presentar la solicitud a que se refiere el párrafo anterior y obtener su condonación cuando paguen la parte no condonada, utilizando la línea de captura que para tales efectos les envíe el SAT, mediante correo postal o correo electrónico.

Asimismo, en relación a las multas impuestas por incumplimiento a las obligaciones fiscales federales distintas a las de pago, cuya condonación resulte al 100%, el SAT enviará carta invitación a los contribuyentes con la cual se entenderá que realizaron el trámite de solicitud y obtuvieron los beneficios de la condonación. LIF 2013, Transitorio Tercero

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Los Costoso que puede resultar un Outsourcing: Laboral, Fiscal y de Calidad en las Empresas

Por C.P.C. Rubén Darío Dávalos Palomera
Miembro de la Comisión Representativa ante
Organismos de Seguridad Social (CROSS) del Colegio
rdavalos@kpmg.com.mx

La tercerización es hoy una tendencia empresarial para disminuir costos y enfocarse en las operaciones; sin embargo, no todos conocen los riesgos que conlleva contratar este servicio. Actualmente en México se estima que tres de cada cuatro empresas ha utilizado el outsourcing como estrategia para reducir costos laborales y fiscales, y algunas otras para hacer más eficiente y funcional la operación del negocio. Sin embargo, cuando no se hace una adecuada evaluación del proveedor, se corre el riesgo de que la compañía haga uso de esquemas fiscales agresivos que eluden el pago de impuestos o eventualmente a políticas fraudulentas que a la larga generan evasión fiscal, la cual se estima entre 17 y 20%, según datos del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)

Cuando no se evalúa correctamente al proveedor,
se corre el riesgo de que la compañía haga uso de
esquemas fiscales agresivos que eluden
el pago de impuestos.

A continuación incluimos algunos de los costos ocultos que genera el outsourcing desde el punto de vista laboral y de calidad, cuando se contrata una empresa que no fue seleccionada con un estándar adecuado:

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Facturación electrónica 2014 SAT: Comprobantes fiscales que podremos emitir serán solo CBB y CFDI

Facturación electrónica 2014 SAT: Comprobantes fiscales que podremos emitir serán solo CBB y CFDI

 
A partir de 2014, todos los contribuyentes que utilizan el esquema de Comprobante Fiscal Digital (CFD) deberán utilizar el esquema de Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para la emisión de sus facturas electrónicas. A partir de 2014, los contribuyentes con ingresos superiores a 250 mil pesos anuales deberán utilizar el esquema de CFDI para la emisión de sus facturas electrónicas.

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Cambios en los requisitos de los CFDI para 2014: Comprobantes Fiscales Digitales por Internet RMF 2013

Cambios en los requisitos de los CFDI para 2014 Comprobantes Fiscales Digitales por Internet RMF 2013

 
El 31 de mayo de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, la cual es importante para que los contribuyentes conozcan los cambios que aplicarán a partir de 2014. Esta resolución, junto con su anexo 3, detalla los nuevos esquemas de comprobación fiscal que reemplazarán a los vigentes hasta el 31 de diciembre de 2013.

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Dictamen Fiscal en 2013: Obligados y Fechas para Presentar Sipred 2012

 

Es junio de 2013 e inicia la cuenta regresiva para la presentación del Dictamen Fiscal para personas físicas y morales obligadas, por lo que el SAT nos da un recordatorio de quienes son los contribuyentes obligados y las fechas limites de la presentación del Dictamen por medio del SIPRED 2012.

Quienes están Obligados a Dictaminarse en 2012?

Las personas físicas con actividad empresarial y las personas morales que se encuentran en alguno de los siguientes casos:

  • Que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a$39,140,520.00.
  • Que el valor de su activo determinado en los términos de la Ley del Impuesto al Activo sea superior a $78,281,070.00.
  • Que por lo menos 300 de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior.
  • Que estén autorizadas para recibir donativos deducibles. En este caso, el dictamen se realizará en forma simplificada.
  • Que se fusionen, por el ejercicio en que ocurra dicho acto.
  • La escindente y las escindidas, por el ejercicio fiscal en que ocurra la escisión y por el siguiente
  • Las entidades de la Administración Pública Federal a que se refiere la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y las que formen parte de la Administración Pública Estatal o Municipal.

Las personas físicas con actividades empresariales y las personas morales que no estén obligadas, pueden optar por hacerlo.

Fundamento legal: Artículo 32 A del CFF y Anexo 5 de la RMF para 2012..

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Obligaciones fiscales de las empresas prestadoras de servicios y las operadoras en México

Obligaciones fiscales de las empresas prestadoras de servicios y las operadoras en México

 

Desde hace aproximadamente un cuarto de siglo, empezaron a establecerse en México empresas prestadoras de servicios. Muchas de ellas, terceros independientes; y otras, parte de los mismos grupos de interés económico que manejan las empresas productoras. La estructura de las prestadoras de servicios ha permitido que las responsabilidades de tipo laboral se alojen en ellas y no en las operadoras, a pesar de ser estas últimas a quienes los empleados les proporcionan su trabajo de manera continua y permanente, beneficiándose de forma directa de los servicios que prestan dichos empleados.

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