C.P. FRANCISCO ARGUELLO GARCÍA
Integrante de la Comisión Fiscal del IMCP
En este sentido, sobre todo para los que hasta 2013 tributaban como REPECOS, el cambio es importante, ya que ahora acumularán todos los ingresos recibidos en efectivo, bienes o servicios por sus actividades empresariales y prestación de servicios, a los cuales se les podrán disminuir solo aquellas erogaciones que resultan ser estrictamente indispensables para la realización de su actividad, cumplan con requisitos fiscales y además no sean considerados expresamente no deducibles, no obstante si hayan sido efectivamente erogados, como puede ser el monto de los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador hasta por la cantidad que resulte de aplicar el factor de 0.53 o del 0.47, dependiendo de que si disminuyó la proporción de estos en relación del total de pagos a trabajadores respecto del año anterior.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
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Se publica el Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2014 en el Diario Oficial de la Federación el día de hoy 17 de febrero de 2014. Este famoso anexo contiene los requisitos oficiales de los Comprobantes Fiscales Digitales a Través de Internet CFDI. El contenido de la publicación contiene varios temas los cuales deben ser analizados detenidamente y, aunque es demasiado técnica la publicación es necesario saber como se generan dichos CFDIs este 2014 para cumplir con los requisitos oficiales: