No Presentar Aviso de Compensación IETU contra ISR en Declaración Anual


El día de hoy 1ro de julio de 2011 se publico en el Diario Oficial de la federación la resolución miscelánea 2011, entre las cuales se encuentra la del Impuesto Empresarial a Tasa Única, IETU que al parecer no se eliminara; por lo tanto aquí les dejo los puntos de esta resolución:

Los contribuyentes ahora podrán hacer la Compensación de pagos provisionales de IETU contra ISR del ejercicio a pagar, los contribuyentes antes de efectuar el acreditamiento a que se refiere el tercer párrafo del artículo 8 LIETU, podrán compensar los pagos provisionales del IETU efectivamente pagados correspondientes al ejercicio fiscal de que se trate, contra el ISR propio que efectivamente se vaya a pagar correspondiente al mismo ejercicio, hasta por el monto de este último impuesto. En este caso, la compensación efectuada se considerará ISR propio efectivamente pagado.

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El IETU NO se Elimina Informa Cordero a COPARMEX

 

Como buen padre defendiendo a su hijo una vez mas Cordero nos muestra como el IETU es bueno para la recaudación en el país, Juzgue usted mismo…

El Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) no desaparecerá, informó el secretario de Hacienda, Ernesto Cordero Arroyo a los empresarios mexicanos.

“El IETU ha sido una buena herramienta de recaudación es una buena herramienta tributaria”, dijo el funcionario.

La Ley del IETU obliga a la Secretaría de Hacienda a entregar, antes del próximo jueves 30 de junio de 2011, un informe a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados en donde se detallen los resultados del gravamen desde su instrumentación.

“La obligación que tenemos es hacer una evaluación del IETU, ya verán las conclusiones”, dijo Cordero antes de ingresar a la Junta Nacional de la Confederación Patronal de la República Mexicana.

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Empresarios Piden que se Elimine el IETU por Incumplir Objetivos COPARMEX

 

La Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX) es un sindicato patronal de afiliación voluntaria, que aglutina empresarios de todos los sectores, que buscan mediante ella su representación en el ámbito laboral y social por lo tanto exigió a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) que elimine de una vez por todas el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) como resultado de su bajo efecto recaudatorio desde su entrada en vigor (2008), esto como respuesta que deberá enviar la dependencia a la Comisión de Hacienda en San Lázaro antes del 30 de junio por concepto de revisión de diversas disposiciones contenidas en la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Gerardo Gutiérrez Candiani, presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), sostuvo que existe evidencia suficiente en favor de la eliminación urgente del IETU: dejar solamente un Impuesto Sobre la Renta (ISR) reformado que incorpore los aspectos rescatables del otro gravamen.

“La recaudación por concepto de IETU no ha alcanzado los objetivos fijados en ninguna de las sucesivas leyes de ingresos, desde que entró en vigor en el 2008. Ese año se quedó corta en 33%; en el 2009, la brecha fue de 19%, y en el 2010 cerró con 15% menos de lo presupuestado, a pesar de que la economía creció 5.5 por ciento. Este año, la tendencia es similar: durante el primer trimestre se recaudó 18% menos de lo proyectado”.

Les dejo este video en el cual exponen los motivos y la propuesta de la COPARMEX:

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Cómo habilitar macros en Excel formato 41 SAT

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En esta ocasión, te explicaré cómo habilitar las macros en Excel para utilizar el formato 41 del aviso de compensación de impuestos del Servicio de Administración Tributaria (SAT), así como de cualquier otro archivo de Excel. Para las versiones 2007 ó 2010, debe realizarse el mismo método.

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¿Eres nuevo contribuyente? Lo que debes considerar en impuestos

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Si eres un nuevo contribuyente y te acabas de dar de alta ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT), esto es lo que debes saber en cuestión de pago de impuestos.

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Cómo deducir cuentas incobrables para reducir la base de ISR

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En la actualidad, es muy común que las empresas enfrenten la presencia de clientes morosos, e incluso de clientes que, debido a su situación financiera, ya no pueden liquidar la deuda contraída. En estos casos, dichas deudas se convierten en cuentas incobrables.

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Que es el Pago Referenciado SAT Sistema de Declaraciones y Pagos

Para los que inician con el sistema de Declaraciones y Pagos, y están obligados a presentar Pagos Referenciados a través del portal les dejamos la siguiente información junto con una guía del SAT donde nos muestra un caso practico para la correcta presentación de la misma.

Impuestos a los que Aplica:

• Pagos provisionales mensuales de ISR, a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago Art. 14 LISR

• Pagos provisionales mensuales de IETU en el mismo plazo de los  pagos provisionales del ISR Art. 9 LIETU

• Pagos mensuales de IEPS, a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquél al que corresponda el pago Art. 5. LIEPS

• Pagos mensuales de IVA a más tardar el día 17 del mes siguiente al  que corresponda el pago. Art. 5-D LIVA

Entero de retenciones a TercerosLas Personas Morales que realicen retenciones a terceros por concepto de:

– ISR

– IVA

– IEPS

Artículos 101, fracción V, 113 LISR; 1-A de LIVA; 5-A de LIEPS

CONTRIBUYENTES INCORPORADOS

  • Sector financiero
  • Sociedades mercantiles controladoras y controladas
  • Personas morales del Título II de la Ley del ISR, que en el último ejercicio fiscal declarado hayan consignado en sus declaraciones ingresos acumulables iguales o superiores a 500 millones de pesos
  • El Poder Legislativo, el Poder Judicial de la Federación y la Administración Pública Centralizada
  • Los organismos constitucionalmente autónomos
  • CFE, IMSS e ISSSTE
  • Los contribuyentes que son sujetos del IEPS
  • Los contribuyentes que en términos del artículo 32-A del CFF, se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros en 2011, respecto del ejercicio fiscal 2010.

En el siguiente documento pueden encontrar todo respecto a este tema incluso un caso practico de como elaborar los Pagos Referenciados en la pagina del SAT

 

Aspectos Teoricos Pagos Refer en CIA Dos

Prórroga por problemas con pagos referenciados SAT

Prórroga por problemas con pagos referenciados SAT
 

Una vez más, y como suele ocurrir al implementar un nuevo esquema, en este caso el Pago Referenciado, la página del SAT no estaba preparada para la carga de información, por lo que podría decirse que se cayó el sistema.

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Pago de Impuestos Referenciados – Servicio de Declaraciones y Pagos

Ya existe la posibilidad de que si estas en el sistema de Servicio de Declaraciones y Pagos no tengas que hacer doble trabajo en primer lugar en el mismo servicio y en segundo en el portal del banco, ahora se podrá generar una referencia bancaria para solo capturarla en el portal de tu banco y el SAT ya sabrá cuando le llegue pago de impuestos de que se trata.

El Servicio de Declaraciones y Pagos se basa en la presentación directa ante el SAT de las declaraciones provisionales y definitivas, y el pago del impuesto en bancos utilizando el servicio de depósito referenciado, es decir, a través de una línea de captura. Este nuevo servicio sustituye al Esquema de Pagos Electrónicos que se presenta directamente en los bancos.

Contribuyentes que se incorporan en 2011

  • A partir de mayo, para los pagos provisionales y definitivos correspondientes a abril de 2011 y subsecuentes:
    Los contribuyentes que en términos del artículo 32-A del CFF, se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros en 2011, respecto del ejercicio fiscal 2010, aún cuando opten por la aplicación del beneficio establecido en el Artículo Tercero del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2010.
  • A partir de febrero para los pagos provisionales y definitivos correspondientes al mes de enero de 2011 y subsecuentes.
    Los contribuyentes que sean sujetos del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), deben utilizar el servicio de declaraciones y pagos.

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