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El SAT ha publicado el formato actualizado para la declaración mensual de IVA para 2024 para las Personas Morales, con cambios que aumentan la precisión en la presentación de declaraciones y detección de diferencias por el SAT. Ahora se prellenaran los montos necesarios para el cálculo del IVA en base a los CFDI emitidos y recibidos del mes que se trate, junto con la información de los CFDI con complemento de pago.

En este artículo veremos cuales es la actualización y compartiré una herramienta que te ayudará a realizar el cálculo de forma automática.

Son 2 las principales características del cambio en la forma de generar el pago definitivo mensual del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la página del SAT:

  • Información precargada: El formato ahora incluye información precargada directamente desde los CFDI y complementos de pago correspondientes al mes. Esta integración automatizada facilita el proceso de declaración, reduciendo errores y tiempo de preparación.
  • Datos editables: A pesar de la precarga de datos, el formato permite a los contribuyentes editar la información. Esto asegura que puedan hacer ajustes necesarios para reflejar con precisión su situación fiscal.

CFDI precargados para el cálculo del IVA

El SAT hará el prellenado del pago definitivo de IVA con la información de los CFDI del contribuyente, con fecha de corte que se muestra al crear el pago la nueva versión:

IVA a cargo (CFDI emitidos)

El SAT en el detalle de las cantidades prellenadas nos da el número de CFDI que considera para el calculo, pero no nos da la relación de los mismos.

IVA acreditable (CFDI recibidos)

Lo mismo sucede con los CFDI recibidos, que sirven para obtener el monto del IVA acreditable del mes, nos da la suma de los CFDI y sumas de los importes, para considerarlo en el pago definitivo mensual del IVA ante el SAT:

Importancia del complemento de pago

El plazo para el complemento de recepción de pagos antes de la reforma fiscal de 2022, los contribuyentes tenían hasta el décimo día natural del mes siguiente para emitir el complemento de recepción de pagos. Con la reforma, este plazo se redujo en la regla 2.7.1.32 para 2024, ahora, el CFDI con “Complemento para recepción de pagos” debe ser emitido a más tardar el quinto día natural del mes siguiente al de los pagos recibidos.

Consecuencias de no acreditar el IVA

Es fundamental destacar que la incapacidad de acreditar correctamente el IVA puede llevar a sanciones y significativas pérdidas económicas. La puntualidad y precisión en la emisión de CFDIs y en la declaración de impuestos son esenciales para evitar complicaciones con el SAT.

Si aún no cuentas con una herramienta que descargue todos tus XML`s del SAT, los procese y te de el cálculo del IVA en base al CFDI versión 4.0 y CFDI con complementos de pago 2.0, puedes utilizar de forma gratuita nuestra aplicación durante 10 días, solo llena el siguiente formulario:

Datos de contacto(Obligatorio)

Conclusión

Con estos cambios, el SAT refuerza su estrategia para la detección de diferencias en pagos de impuestos, la cual había iniciado con el cálculo del ISR al precargar la información de la base del impuesto, por lo que es crucial adaptarse rápidamente a estas actualizaciones para garantizar el cumplimiento fiscal y optimizar la gestión de sus obligaciones tributarias.

   

36 Comentarios

  • LAURA PORTILLO dice:

    Hola buena tarde,
    Recientemente me suscribí a sus notificaciones, ya que su información me parecen excelente, super entendible y de fácil comprensión, También soy nueva ejerciendo la profesión contable, por lo cual quisiera saber si me pueden facilitar,( vender ) alguna hoja de trabajo en Excel para el calculo de pago definitivo de IVA mensual, para persona moral.
    Quedo atenta a sus comentarios,
    De antemano muchas gracias

  • ARNAIL dice:

    Al revisar los datos del IVA el SAT no incluye los comprobantes pagados en efectivo ni por Mercado pago.
    En el caso de ingresos para ISR no aparece ningún dato referente a las facturas emitidas.
    Pero si para efectos del IVA.
    Llevo revisando 3 empresas y están en esa situación.

    • Fabiola Rmz dice:

      si, en efecto a mi me pasa lo mismo…no muestra INGRESOS FACTURADOS para ISR

    • MARIO SANCHEZ dice:

      Hoy 9 de febrero 2024 la página del SAT está pésima en el apartado del ISR PM, no me muestra nada de ingresos nominales facturados cuando en otros meses a esta fecha ya estaba precargada la información. Y en relación al IVA PM está peor de pésima que el aplicativo del IVA RESICO, no reconoce los CFDI´s pagados en EFECTIVO, con TARJETAS DE CRÉDITO o DÉBITO, y ni las relativas a las COMISIONES BANCARIAS. Esto es una locura!!!

  • Evaristo Robles Aguirre dice:

    Me da la impresión de que simplifica la elaboración de la declaración, es así???

  • Amando Lira dice:

    Un increíble apoyo para los responsables de las declaraciones mensuales
    Grácias

  • Luis Oscar Osete Munguia dice:

    Buenas tardes, y las personas que tributan aplicando el Decreto de Estímulo de IVA al 8% de la Región Fronteriza Norte o Sur o cuando se tiene IVA acreditable al 8%??? creo que aún no está adecuado completamente el formato electrónico no???

  • Rosalva Covarrubias dice:

    Que pasa con los cfdi y los complementos de pagos que se pagaron en efectivo?

  • Fernando Rocha dice:

    Buenos días, disculpen, a partir de cuando cambia a esta plataforma de IVA

  • Porfirio dice:

    A alguno de ustedes les carga comprobantes PPD como PUE, ya q efectivamente son ppd.

  • Luis Joaquín Caamal Gòmez dice:

    Toda la información que se publica es de suma importancia, es precisa, oportuna y confiable, agradezco el que nos llegue al correo y esperamos seguir contando con su valioso apoyo, muchas gracias.

  • ARMANDO MARTINEZ SEGUR dice:

    En lo personal he visto que tiene errores la plataforma para el cálculo de IVA por pagar, ya que me esta enviando las facturas emitidas en total, no tomando en cuenta si son PPD o PUE, lo mismo me esta sucediendo con los REP, esta tomando datos erroneos ya que no son los rep que emití en el mes de enero de 2024.

    Lo mismo me sucedió con el VISOR de facturas emitidas de tipo ingreso del mes de enero de 2024. Entra un al VISOR y aún no aparece el ejercicio de 2024.

    • Sergio dice:

      Estoy en la misma situación que tu, esperemos que se arregle el aplicativo sat en cuestión de los CFDI emitidos y recibidos PUE Y PPD. para el correcto cálculo de los impuestos, en mis papeles de trabajo debo pagar 70 mil de IVA y en el aplicativo 1 millón, saludos

    • LEONARDO FLORES dice:

      Existe el visor de CFDI emitidos y recibidos
      Ingresar al portal del SAT en el apartado de ‘declaraciones’ y visor de facturas. Ingresar con el RFC y contraseña. Seleccionar la opción de facturas emitidas y recibidas.
      Lo que no se actualiza son los CFDI de ingreso y de Pagos Recibidos, los emitidos si se muestran al dia, tampoco se muestran los CFDI recibodos de ingresos PPD solo los PUE, lo que quiere el SAT es crear confusion y por otro lado fiscalizar por diferencias en la presentacion,

  • ARNAIL FLORES PATIÑO dice:

    Buenas Tardes:
    Estoy tratando de presentar algunas declaraciones del mes de enero de 2024 y al revisar los datos de facturas emitidas la fecha de corte es al 30 de enero de 2024; esto para efecto del IVA. Luego entonces los datos del SAT no coinciden con los registros contables.
    Tampoco aparecen los datos de las facturas emitidas para efecto del ISR del mes. Cabe señalar que hasta ahora llevo 4
    intentos (4 empresas) y aún no aparecen los registros, de tal forma que esto atrasa la presentación de las declaraciones
    en cuestión.
    Ojalá puedan hacer llegar estos inconvenientes, omisiones u errores al SAT para su atención.
    Saludos.

  • Isabel Servín dice:

    Tengo años…muchos con Ustedes y siempre proporcionan información de vanguardia

  • Johan Saucedo dice:

    Suscribirme al boletín.

  • ARTEMIO SANDOVAL VAZQUEZ dice:

    Excelente material

  • juan ledezma saldivar dice:

    LA INFORMACION QUE USTEDES PROPORCIONAN ES DE VITAL IMPORTANCIA PARA NUESTRO TRABAJO COMO CONTADORES , MI AGRADECIMIENTO Y POR FAVOR CONTINUEN DANDO SU APOYO CON LAS ACTUALIZACIONES , YA QUE EL SAT, SOLO DICE LOS CAMBIOS , SIN FECHAS, SIN TUTORIALES, SIN NINGUNA EXPLICACION.

  • Maria Ramos dice:

    Buenas tardes, varios bancos emiten el comprobante de comisiones hasta el primer dia habil del siguiente mes, cuando los cargos por estos conceptos si constan en los estados de cuenta bancarios en la fecha que corresponden. Alguna sugencia para este caso, ya que no coincidiran los registros contables con la precarga de datos por parte del SAT. Gracias de antemano.

  • Rosa alvarado dice:

    Muy buen aporte, siempre estoy al pendiente con sus publicaciones, son claras , precisas y acordes al sistema.

  • ALMA ORTEGA dice:

    No me coinciden los datos precargados, y mi diferencia es considerable, para ISR me dice que no tengo ingresos y para IVA en el visor (que es de dónde jala los datos) ni siquiera me coincide el número de CFDI’S vigentes mucho menos las cifras que se reportan, alguien sabe si aún están “puliendo” estos apartados de la declaración ?

  • Pedro Alatorre Romero dice:

    Información oportuna y siempre útil

    Gracias y felicidades

  • YOLANDA GOMEZ dice:

    BUENAS TARDES
    ES UN GUSTO RECIBIR SUS ACTUALIZACIONES, TENGO UN PROBLEMA CON ESTOS CAMBIO EN EL IVA, YO TRABAJO EN UNA INSTITUCIÓN PERSONA MORAL CON FINES NO LUCRATIVOS, DONATARIA Y TENGO ACTOS ACCIDENTALES DE IVA POR PAGAR Y NO PUEDO PRESENTAR LA DECLARACIÓN DEL MES DE ENERO 24, SI DOY DE ALTA LA OBLIGACIÓN DE IVA ME CAMBIA A PERSONA MORAL GENERAL DE LEY Y NO LO PUEDO HACER.
    QUE ME RECOMIENDAN PARA ESTE CASO.
    SALUDOS

  • Hugo dice:

    A mi me sucede los mismo, no me aparecen para la declaración de de isr recargadas las facturas

  • Valeria Hernández dice:

    Buen día! disculpe tendrán información sobre los ingresos no objeto de IVA, y su efecto en el cálculo de pago de este impuesto? Algún curso o boletín que tengan ?

  • AGUSTIN dice:

    No es posible que nadie haga algo para impedir que el sat no considere todos los gastos de los contribuyentes y con esto aumente el pago de los contribuyentes. ES INCREÍBLE que sat solo modifique para perjudicar a los contribuyentes. Y no modifique la tasa del isr 30 por ciento para Personas Morales Y 35 por ciento para Personas Físicas Con estas reformas deben reducir las tasas a un 25 porciento máximo para ambos contribuyentes y otorgar facilidades para su cumplimiento

  • SERGIO IRIBE dice:

    En el apartado de acreditar IVA la plataforma no permite seleccionar que proviene el saldo a favor del ejercicio 2012, solo te permite seleccionar hasta el 2014..

  • jose dice:

    No puedo acreditar el iva de meses anteriores me indica que corrija el formulario

  • Una pregunta, no veo la manera de modificar lo que aparece ya prevargado en la aplicación de IVA.

    Saben si se puede hacer.

    Saludos

    • LEONARDO FLORES dice:

      Hasta el momento la informacion es editable directamente donde te muestra el monto, despues entras al detalle y modificas los montos

  • Luz Romero dice:

    Hola que tal,
    He detectado que en la declaración solo está pre-cargada con los CFDI de “adquisición de mercancías” y gastos en general”, pero que pasa con los que tienen otros usos? (Construcción, Maquinaria, etc)?

  • MARIA MARTIN dice:

    Hola una pregunta intento realizar declaración de enero 2024 , pero las facturas precargadas son de febrero, ya no me aparecer las de enero, alguien le pasa igual?

  • LEONARDO FLORES dice:

    Estos cambios nos deben hacer mas reponsables con la informacion que manejamos, cumplir en tiempo y forma con las obligaciones y estar al dia con las reformas que se publiquen, lo malo es que el Sistema no trabaja al mismo ritmo lo cual provoca o genera diferencias entre los contribuyentes, y para el sat mas armas para molestarnos y hacernos trabajar mas

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