Los impuestos ya se pueden pagar con tarjeta de crédito, aunque este tipo de pagos solo es aceptado por algunas instituciones bancarias. Más adelante, es probable que se incorporen nuevas opciones.
Según el SAT, esta disposición será incluida próximamente en la regla 1.2.1.19 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2010-2011 y en el apartado E del anexo 4 de dicha resolución.
El SAT, a través de su página de Internet sat.gob.mx, publicó un comunicado en el que da a conocer las instituciones de crédito autorizadas para recibir pagos electrónicos de impuestos mediante tarjeta de crédito o débito.
Tales instituciones son las siguientes:
Institución de crédito autorizada: | Tipo de tarjeta que acepta: | Modalidades de pagos electrónicos que se pueden efectuar: |
| ||
Banco Mercantil del Norte, S.A. |
| A partir del 21 de abril del 2011, vía Internet |
Banco Nacional de México, S.A. |
| A partir del 4 de abril del 2011, por ventanilla bancaria |
BBVA Bancomer, S.A. |
| A partir del 1 de abril del 2011, vía internet y por ventanilla bancaria |
Recuerda extremar precauciones al utilizar estos métodos de pago. ¡Saludos! 😉
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