Aviso al SAT de cambio de RESICO a Persona Moral en 2023

Los contribuyentes que dejen de tributar en el Régimen Simplificado de Confianza de Personas Morales (RESICO), deberán presentar el “Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones” a través de “Mi portal” herramienta proporcionada por el SAT a más tardar el día 31 de enero de 2023.

Por diferentes situaciones los Contribuyentes Personas Morales del RESICO deberán de dejar de tributar en dicho régimen y hacer su cambio en enero de 2023, al régimen General de Ley (Título II), de las cuales mencionamos algunas a continuación:

  • Incorporación de un socio o accionista persona moral durante el ejercicio 2022.
  • Alguno de los socio o accionistas constituyó otra Sociedad Mercantil.
  • Rebasó el tope ingresos permitidos del régimen de $35,000,000 durante 2022.
  • No se cumplía con los requisitos para tributar en el RESICO 2022 y el contribuyente no se percató.
  •  El contribuyente se dedica exclusivamente a actividades AGAPES.

Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones de tu empresa

Derivado de lo anterior diferentes contribuyentes han intentado presentar el “Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones.

Sin embargo, dichos contribuyentes han reportado que no se habilita la opción para seleccionar el Régimen General de Ley (Título II) y cumplir correctamente con sus obligaciones en el ejercicio 2023.

El problema anterior se debe a que no es la manera indicada por el SAT para la actualización de obligaciones del contribuyente. En el presente caso en particular deberemos remitirnos al transitorio “Vigésimo Noveno” de la Resolución Miscelánea Fiscal 2023.

¿Cómo realizar el cambio de régimen de manera exitosa?

Considerando también la regla 3.13.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio 2023 que la Autoridad podrá actualizar de manera automática con la información que tenga en su base de datos de los contribuyentes que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza de Personas Morales si estos rebasaron el tope de 35 millones, sin embargo dicha regla señala que dicha actualización se realizará tomando la información de la declaración anual del ejercicio inmediato anterior lo cual significa que la Autoridad pudiera empezar a realizar dichas actualizaciones automáticas hasta el mes de marzo, por lo cual recomendamos realizar la actualización del régimen fiscal al Título II de Personas Morales de la Ley del Impuesto Sobre la Renta siguiendo la mecánica establecida en el artículo vigésimo noveno de las disposiciones transitorias de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 que nos indica lo siguiente:

“Para los efectos del artículo 214 de la Ley del ISR, los contribuyentes que dejen de tributar en el Régimen Simplificado de Confianza de Personas Morales, deberán presentar a más tardar el 31 de enero de 2023, el Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones, a través de la presentación un caso de Servicio o solicitudes, desde Mi Portal, a través del Portal del SAT, eligiendo el trámite AVISO_RSC_RGL_PM, a fin de cumplir con sus obligaciones de acuerdo al régimen que le corresponda.”

Como lo establece dicho transitorio, la actualización de obligaciones se deberá realizar a través de la presentación de un caso de “Servicios o solicitudes”, desde “Mi portal” y NO directamente en la opción de “Trámites del RFC – Presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones de tu empresa”.

Dicho aviso deberá cumplir con lo siguiente:

I. “Escrito libre en el que señalen bajo protesta de decir verdad, el tipo de ingreso, actividad económica, si el total de sus ingresos provienen de actividades de agricultura, ganadería, silvicultura o pesca, y en su caso manifiesten si tendrán trabajadores y el régimen fiscal en el que tributarán.

II. Manifestación bajo protesta de decir verdad, si uno o varios de sus socios, accionistas o integrantes, participan en otras sociedades mercantiles donde tengan el control de la sociedad o de su administración, o cuando sean partes relacionadas en los términos del artículo 90 la Ley del ISR, y si sus ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior excedieron o no de la cantidad de $35000,000.00 (treinta y cinco millones de pesos 00/100 M.N.), respectivamente.

III. Capturar la información del Simulador del cuestionario de actividades económicas y obligaciones fiscales del Portal de SAT, disponible en el apartado de Trámites del RFC, debiendo tomar las capturas de pantalla de todo el proceso y adjuntarlas en un documento al mismo caso de Servicio o solicitudes.

IV. Toda la documentación que sea presentada por el contribuyente deberá encontrarse debidamente firmada al calce o al margen en formato .pdf comprimido en .zip, además de presentarse acompañada de la identificación oficial del representante legal de la persona moral, pudiendo ser cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A.

En caso de ser procedente la actualización al régimen fiscal solicitado, conforme a lo señalado en el acuse de respuesta al caso de Solicitud o servicios, los contribuyentes tendrán que actualizar dentro de los diez días hábiles siguientes a la emisión del citado acuse, sus actividades económicas en términos de la ficha de trámite 71/CFF Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones, contenida en el Anexo 1-A.”

En relación con la fracción I y II de dicho transitorio podrás descargar 2 ejemplo del escrito libre para cada situación mencionada al final de la publicación.

Generar cuestionario en el simulador del SAT

Para cumplir con la fracción III deberás realiza el siguiente procedimiento:

  1. Ingresar al Simulador del cuestionario de actividades económicas y obligaciones fiscales en el siguiente enlace https://www.sat.gob.mx/aplicacion/33759/simulador-del-cuestionario-de-actividades-economicas-y-obligaciones-fiscales y seleccionar “EJECUTAR EN LÍNEA”:
  • Seleccionar “Persona moral” e introducir el “Captcha”:
  • Seleccionar el tipo de ingreso que obtendremos:
  • Seleccionar el grupo al que pertenece tu actividad:
  • Ubicar y seleccionar tu actividad económica:
  • Indicar el porcentaje de ingresos que se percibirá de cada una, en caso de tener 2 o mas actividades económicas:
  • Contestar las preguntas complementarias:
  • Relacionar los socios o accionistas:
  • Verificar que el simulador nos de las obligaciones de ISR en el Régimen General de personas morales:

Recuerda adjuntar tomar captura de pantalla de cada paso, ya que deberán ser anexadas al caso de aclaración a través de “Mi portal”.

Presentación del caso de “Servicios o solicitudes” desde “Mi portal”

El último paso es la presentación del caso en la Sección de “Servicios o solicitudes” desde mi portal, para lo cual ya deberemos contar con los siguientes documentos:

  1. Escrito libre de acuerdo con el transitorio vigésimo noveno
  2. Documento con las capturas de pantalla del Simulador del cuestionario de actividades económicas y obligaciones fiscales

Los pasos para la presentación del caso se presentan a continuación:

  1. Ingresar a “Mi portal” con RFC y contraseña.
  2. Seleccionar la opción de “Servicios o solicitudes” y seleccionar en particular “solicitud”:

3. Deberemos buscar el tramite “AVISO_RSC_PM” y seleccionarlo:

4. En la opción “adjuntar archivo” deberemos adjuntar el escrito libre, pantallas del Simulador del cuestionario, identificación oficial del representante, poderes, comprobante de domicilio, y cualquier otro documento que consideremos relevante para el presente caso (verificar documentación requerida de acuerdo con la fracción IV del transitorio vigésimo noveno de la RMF 2023):

5. Por último, deberemos dar “Enviar” y guardar el acuse de envío.

Descarga el escrito libre para el aviso al SAT

Es importante recordar que tenemos hasta el 31 de enero de 2023 para enviar el presente aviso al SAT para que nos permita cumplir de manera correcta con nuestras obligaciones fiscales. Por lo que te recomendamos tener a la mano el escrito libre que te ayudar a completar el trámite ante el SAT.

Solo llena el siguiente formulario y te haremos llegar 2 ejemplos de escrito libre para presentar el aviso al SAT del cambio de Régimen Simplificado de Confianza de Personas Morales
a Título II de Personas Morales:

   

6 comentarios en «Aviso al SAT de cambio de RESICO a Persona Moral en 2023»

  1. Buenas tardes. Como voy a presentar la declaracion del mes de Enero de 2023 si a la fecha de vencimiento de la misma no me han autorizado a erfectuar el cambio de RESICO Personas morales a Regimen General de Ley Personas Morales

    Responder

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