Skip to main content
 
A la fecha se han emitido dos tesis aisladas sobre el uso de las Normas de Información Financiera (NIF’s) como herramientas para las autoridades fiscales para soportar sus liquidaciones, así como privilegiar la sustancia económica sobre la forma en las controversias legales, contables y financieras.

Cómo podemos observar hoy están adquiriendo un nuevo valor las NIF’s, en el entorno legal, por lo cual creo que en el ámbito de nuestra competencia debemos estar sumamente atentos en la invocación de esta normativa, en las controversias legales-contables-financieras.

Considero que es sumamente relevante a destacar en las siguientes dos tesis que se presentan para su conocimiento y estudio, es que cada una de ellas fue emitida por diferente tribunal y en ambas hubo unanimidad de votos, lo que puede inducir de que exista la posibilidad de que este criterio se extienda a los demás órganos jurisdiccionales.

Registro No. 161039

Localización:
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXXIV, Septiembre de 2011
Página: 2159
Tesis: I.4o.A.799 A
Tesis Aislada
Materia(s): Administrativa

NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA. SU USO COMO HERRAMIENTA EN PROBLEMAS QUE INVOLUCREN NO SÓLO TEMAS JURÍDICOS, SINO TAMBIÉN CONTABLES Y FINANCIEROS.

Las Normas de Información Financiera constituyen una herramienta útil en los casos en que se debe evaluar y resolver un problema que involucre no sólo temas jurídicos, sino también contables y financieros, en los que debe privilegiarse la sustancia económica en la delimitación y operación del sistema de información financiera, así como el reconocimiento contable de las transacciones, operaciones internas y otros eventos que afectan la situación de una empresa. Así, la implementación o apoyo de las Normas de Información Financiera tiene como postulado básico, que al momento de analizar y resolver el problema que se plantea, prevalezca la sustancia económica sobre la forma, para que el sistema de información contable sea delimitado de modo tal que sea capaz de captar la esencia del emisor de la información financiera, con el fin de incorporar las consecuencias derivadas de las transacciones, prácticas comerciales y otros eventos en general, de acuerdo con la realidad económica, y no sólo en atención a su naturaleza jurídica, cuando una y otra no coincidan; esto es, otorgando prioridad al fondo o sustancia económica sobre la forma legal.

Tipo de Documento: Tesis Aislada

Séptima Época

Instancia: Primera Sala Regional de Oriente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Publicación: No. 1 Agosto 2011

Página: 171

NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA. – PUEDEN SER UTILIZADAS POR LAS AUTORIDADES FISCALES COMO SUSTENTO DE SUS DETERMINACIONES. – De conformidad con lo dispuesto por el artículo 28 del Código Fiscal de la Federación, es obligación de los contribuyentes llevar contabilidad; mientras la Sección III del Capítulo II del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, establece en qué consiste la contabilidad y los métodos y requisitos de su manejo por los contribuyentes. En términos generales, la contabilidad es la disciplina que se encarga de determinar, medir y cuantificar los factores de riqueza de las empresas, con el fin de servir para la toma de decisiones y control, presentando la información, previamente registrada, de manera sistémica y útil. La contabilidad es una técnica porque trabaja con base en un conjunto de procedimientos o sistemas para acumular, procesar e informar datos útiles referentes al patrimonio. Esto lleva a concluir con toda lógica, que la técnica de la contabilidad debe reunir aspectos armónicos o compartidos, para lograr una uniformidad de todos los que la dominan, que permita su comparación y revisión. En vinculación de lo anterior, el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera, A.C., es un organismo independiente en su patrimonio y operación, constituido en dos mil dos, por entidades líderes de los sectores público y privado que tiene entre otros, el objetivo de desarrollar normas de información financiera, transparentes, objetivas y confiables relacionadas con el desempeño de las entidades económicas y gubernamentales, que sean útiles a los emisores y usuarios de la información financiera, así como llevar a cabo los procesos de investigación, auscultación, emisión y difusión de las normas de información financiera, que den como resultado información financiera comparable y transparente a nivel internacional y lograr la convergencia de las normas locales de contabilidad con normas de información financiera aceptadas globalmente. Por lo que, si bien es cierto, las normas de información financiera emitidas por el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera, A.C., no son de carácter legal y por lo tanto no pueden formar parte de la fundamentación de los actos de la autoridad, ni resultan obligatorias para los contribuyentes, se trata de normas consuetudinarias relativas a la técnica contable, que permiten la uniformidad, comparación y verificación de quienes la dominan. En otras palabras, el Código Fiscal de la Federación establece con toda precisión que los contribuyentes deben llevar contabilidad, mientras que las normas de información financiera, son las reglas consuetudinarias que preferentemente debe acatar esa técnica. Entonces, queda claro que la autoridad sí puede citar como parte de las consideraciones que le llevaron a emitir una liquidación, que la contabilidad no se apegó a las normas de información financiera.

Al respecto, es importante destacar que, si bien el Código Fiscal de la Federación (CFF) no define qué es contabilidad, sí establece que los contribuyentes deben llevarla. De igual forma los tribunales, consideran que los conceptos utilizados en el cálculo de contribuciones deben estar debidamente registradas en contabilidad.

Adicionalmente, derivado de las disposiciones fiscales emitidas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), mediante la regla 2.8.1.6 de la RMF 2020 (Resolución Miscelánea Fiscal) señala:

Para los efectos de esta regla se entenderá que la información contable será aquella que se produce de acuerdo con el marco contable que aplique ordinariamente el contribuyente en la preparación de su información financiera, o bien, el marco que esté obligado aplicar por alguna disposición legal o normativa, entre otras, las Normas de Información Financiera (NIF), los principios estadounidenses de contabilidad «United States Generally Accepted Accounting Principles» (USGAAP) o las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS por sus siglas en inglés) y en general cualquier otro marco contable que aplique el contribuyente. El marco contable aplicable deberá ser emitido por el organismo profesional competente en esta materia y encontrarse vigente en el momento en que se deba cumplir con la obligación de llevar la contabilidad. Es por ello, que vemos la enorme necesidad de que tanto las personas físicas (PF) como morales (PM) conozcan las bases de aplicación de las NIF.

Cómo podemos observar, las tesis actuales ya abordan temas como:

  • Las NIF como herramienta útil en la resolución de problemas que involucren no solo temas jurídicos sino también financieros y contables de manera tal que, al momento de analizar y resolver el problema relativo, debe prevalecer la sustancia económica sobre la forma.
  • Posibilidad de que las autoridades fiscales utilicen las NIF para fundamentar sus determinaciones, al tratarse de normas que, aunque no son obligatorias legalmente, permiten la uniformidad, comparación y verificación. Adicionalmente la autoridad añade a su razonamiento el hecho de que el Código Fiscal de la Federación señala la obligación de llevar contabilidad y finalmente esa contabilidad debe aplicar preferentemente las NIF.

Situación que nos lleva hoy de manera más enfática a los contadores al estudio y aplicación correcta de las NIF’s

Publicaciones Editoriales Recomendadas

NIF con efectos fiscales (Aplicación práctica) NIF con efectos fiscales (Aplicación práctica)

El propósito de este libro es apoyar a los encargados de elaborar y generar la información financiera, así como los que hacen uso de esta misma, para que identifiquen los procedimientos para la valuación, presentación y revelación que se establecen en las NIF, que conozcan los beneficios que se encuentran inmersos en su correcta aplicación y, de igual manera, su correlación con los aspectos fiscales y los puntos de divergencia que existen entre estas disposiciones.

Más Información…

 

Fuentes:

[1] Jurisprudencia y Tesis Aisladas – SCJN 

[2] Tapia C. Eudave H. NIF con efectos fiscales. Aplicación práctica. (2020) Ediciones Iturriaga México.
 
 

Dejanos tu comentario

Accede gratis a la aplicación web para la Descarga Masiva de XML del SAT

No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.

Descarga gratis la calculadora 2025 de ISR, IMSS e Infonavit en Excel.

No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.

Descarga la Tablas de ISR para 2025 en Excel de regalo de la RMF (Anexo 8).

No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.

Escanea el código