El 4 de noviembre de 2026 se publicó en el DOF la Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos, vigente desde el 5 de noviembre. La transición hacia cobros exclusivamente digitales dependerá de la actividad y sus reglas sectoriales. El decreto no obliga inmediatamente a todos los negocios a abandonar el efectivo.
¿Quiénes deben adoptar los pagos digitales?
| Sujetos | Alcance |
|---|---|
| Autoridades federales, estatales y municipales | Deben realizar acciones para aceptar pagos digitales en trámites y servicios, conforme al artículo 10. |
| Entidades financieras comprendidas en la ley | Tienen obligaciones relacionadas con la contratación digital, la aceptación del Expediente Digital Ciudadano a solicitud del usuario y la inclusión financiera. |
| Proveedores de bienes y servicios | El artículo 11 permite su adopción. La exclusividad dependerá de la determinación de Hacienda y de la regulación sectorial, conforme a los artículos 13 y 14. |
El decreto no enumera los giros obligados. Hacienda dispone de 15 días hábiles siguientes a la entrada en vigor para determinar sectores; las autoridades sectoriales tendrán 15 días hábiles siguientes a la publicación de esa determinación para emitir reglas y plazos de transición.
Una contingencia que impida recibir pagos digitales permite efectivo o cheque, sin justificar incumplimientos permanentes o recurrentes. La implementación también requiere infraestructura, información al usuario y atención de fallas.
Acciones recomendadas para empresas y despachos
Para prepararse, conviene concentrarse en seis acciones:
- Revisar el sector. Identificar si la actividad está incluida en las determinaciones de Hacienda y verificar sus reglas y plazos.
- Evaluar los medios de cobro. Identificar cuentas, terminales e intermediarios, así como sus costos y tiempos de liquidación.
- Conciliar las operaciones. Relacionar ventas, CFDI, cobros, comisiones y depósitos, evitando duplicar ingresos.
- Revisar los impuestos. Validar ISR, IVA y deducciones conforme al régimen y la naturaleza de cada operación.
- Prever contingencias. Definir cómo atender fallas en los medios de cobro y documentar los incidentes.
El papel del contador en la transición digital
El contador puede apoyar la transición identificando las disposiciones aplicables y coordinando ajustes en facturación, tesorería y nómina. Su prioridad será que cada cobro tenga un origen identificable y pueda relacionarse con los CFDI, la contabilidad y las declaraciones, documentando las diferencias y su tratamiento.
Fuente: Decreto DOF 04-11-2026
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