Cambios en la cancelación de CFDI 2026: códigos del Anexo 29 de la RMF

Publicado por ContadorMx 3 min de lectura

La Segunda Modificación al Anexo 29, publicada el 6 de noviembre de 2026, actualizó los códigos del servicio de cancelación. Estas tablas muestran únicamente los cambios respecto del anexo de enero. La primera modificación de julio no alteró este apartado.

Cambios en los códigos de cancelación para los CFDI

EstatusUUID: respuestas relacionadas con el folio. Descripciones resumidas, excepto el código 209.

CódigoAntesPublicación de noviembre 2026
202 a 206Las descripciones utilizaban “UUID”.Se utiliza “Folio Fiscal”; el 204 también ajusta su redacción.
207Motivo de cancelación omitido o inválido.Folio sustituto inválido.
208Folio de sustitución inválido.Solicitud posterior a la fecha de declaración.
209Folio de sustitución no requerido.“La fecha de solicitud de cancelación límite para factura global”.*
210Solicitud posterior a la fecha de declaración.Relación inexistente o inválida.
211 y 212Límite de cancelación de factura global y relación no válida, respectivamente.Ya no aparecen con estos números. Sus referencias quedan en 209 y 210, respectivamente.

¿Qué debes considerar? Los códigos 207 a 210 cambian de descripción. Por ejemplo, atender un 208 con la guía anterior llevaría a revisar el folio sustituto, cuando ahora el mensaje se refiere a fechas.

* El texto del 209 se conserva tal como aparece en la versión HTML del DOF, sin completar su redacción.

EstatusPetición: respuestas relacionadas con la solicitud

CódigoAntesPublicación de noviembre 2026
302Sello mal formado o inválido.Se conserva únicamente “Sello mal formado”.
303Sello no corresponde al emisor.Ya no aparece en la tabla.
309No figuraba.Se incorpora para identificar un certificado inválido.
310Uso de certificado de e.firma inválido.La descripción ahora señala “CSD inválido”.
312UUID no relacionado de acuerdo con el motivo de cancelación.Sustituye UUID por folio fiscal.
313 y 314No figuraban.Ambos indican que el folio no corresponde a una factura global.

¿Qué debes considerar? Los códigos 305 y 309 comparten descripción, al igual que 313 y 314. El catálogo no explica diferencias entre cada par: conserva el código y el mensaje completo al reportar una incidencia.

Cambios para el CFDI de retenciones e información de pagos

CódigoAntesPublicación de noviembre
1202, 1205 y 1311Las descripciones utilizaban UUID.Sustituyen ese término por folio fiscal.
1203No encontrado o no corresponde al emisor.Se limita a la falta de correspondencia con el emisor.
1302Estructura de folio no válida.Cambia “folio” por “folios”.
1307Uso de e.firma no permitido.Sustituye la denominación e.firma por FIEL.

¿Qué debes considerar? En este catálogo se conserva la numeración: los ajustes son de descripción. Los códigos 1312, 1313 y 1314 ya existían desde enero, por lo que no deben presentarse como nuevos.

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Comentarios finales

Actualiza las guías del despacho y revisa siempre el código junto con su descripción. Guarda la respuesta original y verifica el resultado de cada solicitud. Un cambio en el catálogo no debe interpretarse, por sí solo, como una ampliación de plazos o la eliminación de requisitos para cancelar.

Fuente: DOF 06-11-2026

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