Las multas por no enviar la Contabilidad Electrónica se pueden evitar, pero para lograrlo debes conocer que contribuyentes están obligados al envió de la información a partir de 2016, también debes de conocer las fechas de presentación de la obligación para tener con tiempo los XML´s con la información de la Balanza de Comprobación, Catalogo de Cuentas y tener listo las pólizas contables en dado caso de que sean solicitadas por el SAT o si llegas a solicitar una devolución o compensación de impuestos.
Obligados a la Contabilidad Electrónica
Este año, les corresponde preparar lo necesario para cumplir con esta obligación fiscal a:
- Los contribuyentes con ingresos menores a 4 millones de pesos en el ejercicio 2013
- Las personas físicas que realicen actividades empresariales o presten servicios profesionales con ingresos superiores a 2 millones de pesos
- Personas morales y físicas del sector primario
- Personas morales con fines no lucrativos
- Personas morales y físicas inscritas al RFC en 2014, 2015 o 2016
Tipos de Multas de la Contabilidad Electrónica
Existen varias multas relacionadas con la Contabilidad Electrónica, las cuales van desde la no presentación hasta a presentación de la información incorrecta. Estas son las multas aplicables de la Contabilidad Electrónica:
- La primera seria por no enviar la Contabilidad Electrónica a través del SAT o enviada con alteraciones. La multa va de $5,000 a $15,000 pesos.
- La multa a la que muchos estamos expuestos en dado caso de hacer caso omiso a la obligación de entregar la Contabilidad Electrónica las multas van de $31,120 a $54,470 pesos.
- En dado caso de no enviarla también podrán clausurar el establecimiento de 3 a 15 días si se llega a reincidir. No se considera una multa pero debido a las pérdidas que podría generar para tu negocio la quisimos incluir.
- Y la última pero no menos importante es si realizas un registro contable inexacto, incompleto o se entrega después del plazo establecido, esta va de $260 a $4,790 pesos.
Fechas de Presentación
Para evitar las multas es primordial que sepas cuales son las fechas de envió, si eres de los que están obligados a partir de este año debes de considerar el primer envió de la contabilidad electrónica será a mas tardes el 03 de marzo si eres Persona Moral y 07 de Marzo de 2016 si eres Persona Física.

Calendario Contabilidad Electrónica 2016
Por ultimo pero no menos importante son las fechas de presentación de enero a diciembre de 2016 y el envió complementario que se realiza en 2017.
Para descargar el calendario solo debes de compartirnos en la red social que más te guste.
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Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net

HOLA BUENAS TARDES,ME PARECE EXCELENTE QUE UDS. NOS COMPARTAN,POR ESTE MEDIO, ESTA INFORMACION,FISCAL Y CONTABLE,A NOSOTROS LOS CONTADORES. MUCHAS GRACIAS
Good¡
Informacion muy valiosa para los que estamos inmiscuidos en esta profesion . mil gracias
Si una escuela (Asociación Civil) tuvo ingresos en 2013 y 2014 por mas de 4 millones de pesos, ¿A partir de que año esta obligada a enviar la balanza y el catalogo de cuentas?