No esta de Acuerdo con el ISR determinado por el SAT por Depositos en Efectivo de 2009

 

A muchos les esta llegando las invitaciones para pagar el ISR omitido por depósitos en efectivo de 2009, los cuales les llegaran a las siguientes personas con los siguientes formatos de invitación (para que no se confunda):contador chiste thumb

Ahora una vez recibido esta invitación la cual se basa en sus depósitos en efectivo no declarados por las circunstancias antes mencionadas, la autoridad considerara como una autodeterminacion por parte del contribuyente, al presentar el pago de éste a través de la forma oficial FMP-Z enviada por la autoridad, debiendo efectuar dicho pago por el importe que corresponda al número de parcialidades elegidas, las cuales deberán especificarse en dicha forma.

Para hacer valido este “beneficio” deberá efectuar la primera parcialidad a más tardar el 31 de marzo de 2012.

Ejemplos de formatos múltiples de pago FMP-Z:

Lo anterior es para los que no tienen problema con el calculo que le haya hecho el SAT para su pago de ISR de 2009 el cual es muy sencillo de cumplir y que nos ofrece el pago en parcialidades, pero también existe la posibilidad de que el contribuyente no este de acuerdo en el calculo del impuesto, para esto también existe la siguiente disposición en la regla II.2.8.3.7. la cual nos dice:

En caso de que el contribuyente no esté de acuerdo con el monto propuesto en la forma oficial antes referida, podrá calcular el impuesto que le corresponda y presentar su declaración del ejercicio 2009, en términos de lo establecido en la fracción IV de esta regla, utilizando la herramienta “DeclaraSAT para presentar ejercicio 2009”, contenida en el portal de Internet del SAT.

IV. Los contribuyentes que realicen el pago en parcialidades en términos de la presente regla, podrán optar por presentar su declaración de ISR 2009, mediante la forma oficial FMP-Z que les haga llegar la autoridad fiscal, en cuyo caso la misma se tendrá por presentada en la fecha en que el contribuyente entere el pago de la primera parcialidad, considerando que la declaración de ISR 2009 es por los depósitos en efectivo que se hayan obtenido en 2009, o bien, a través de la herramienta electrónica “DeclaraSAT para presentar ejercicio 2009”, contenida en el Portal de Internet del SAT, en la que deberán acumular la totalidad de los ingresos correspondientes a 2009, para lo cual deberán estar previamente inscritos al RFC y contar con su clave CIECF, generada a través de los desarrollos electrónicos del SAT.

Nota: Al considerar esta opción debemos de considerar el costo beneficio de presentar por nuestra cuenta la declaración anual.

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