La Tenencia en el Estado de Yucatán se exime totalmente durante el ejercicio fiscal 2013 a que se refiere el artículo 47-C de la Ley de Hacienda del Estado de Yucatán, a los contribuyentes personas físicas que sean propietarias de vehículos con un monto de hasta $322,785.00 M.N. (trescientos veintidós mil setecientos ochenta y cinco pesos, sin centavos, moneda nacional) a valor factura en el año 2013, incluido el Impuesto al Valor Agregado.
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