Obligados a dictaminarse:
Patrones que cuenten con promedio anual de 300 trabajadores o mas en el ejercicio fiscal inmediato anterior.
Casos en que se puede evitar una visita domiciliada (revisión directa):
Para evitar dolores de cabeza con la autoridad, existe la opción de que cuando exista auto corrección, o corrección por parte del instituto, el periodo a dictaminarse será por los últimos 2 ejercicios.
Pero si existe orden de visita domiciliada y notificada, y no iniciada la revisión a juicio del instituto, se le podrá autorizar a dictaminar por los últimos 3 ejercicios. Las Ordenes de visita
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