Utilizar el Sistema de Pagos Referenciados simplifica las declaraciones mensuales

Por C.P.C. José Antonio González Castro
Profesor de Asignatura de la UVM Plantel Tlalpan

Para una simplificación tributaria, las personas físicas y morales podrán presentar ciertas declaraciones de pagos provisionales o definitivas por medio del Servicio de Declaraciones y Pagos. El artículo 31 del Código Fiscal de la Federación (CFF), vigente para el ejercicio fiscal 2012, señala que las “personas deberán presentar las solicitudes en materia del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), declaraciones, avisos o informes en documentos digitales con firma electrónica avanzada (Fiel) a través de los medios, formatos electrónicos y con la información que indique el Servicio de Administración Tributaria (SAT ) mediante reglas de carácter general”.

La totalidad de los contribuyentes, en materia de declaraciones, deberá presentarlas mediante documentos digitales. Por ejemplo, en el caso del Pago Referenciado, Pagos Provisionales como el del Impuesto Sobre la Renta (ISR ) y el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) y pagos definitivos como el Impuesto al Valor Agregado (IVA) o el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IE PS), que presentan las personas físicas y morales.

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