En muchas ocasiones, no es posible liquidar en una sola exhibición una adquisición de bienes, por lo que posteriormente se realizan pagos parciales. En otros casos, para garantizar una venta futura se deja un anticipo; estas operaciones tienen efectos fiscales diferentes. En el presente artículo se expondrá el efecto fiscal que tienen los anticipos, y la importancia de demostrar que no son pagos a cuenta o parcialidades.
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