A partir del 1ro de junio de 2020 entra en vigor el comprobante de la retención con el complemento por servicios de plataformas tecnológicas, estos deben ser emitidos por los que proporcionen el uso de plataformas tecnológicas a personas físicas que prestan el servicio de transporte terrestre de pasajeros (Uber, Didi, Cabify) o entrega de alimentos preparados (Uber Eats, Didi Food, Sin delantal).
Nuestra labor es compartir experiencia en el ámbito contable, fiscal y de seguridad social, con el fin de promover la Cultura Contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.