Se publica en la página del SAT el Proyecto de primera Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea fiscal para 2014. El cual contiene la regla I.2.7.1.26. que habla de los requisitos que debe contener la Factura Electrónica en concreto seria el Régimen Fiscal y Forma de Pago.
Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 3, fracción XXII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria se resuelve:
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
Según la Iniciativa de la modificación al Código Fiscal de la Federación para 2014, se propone añadir en el penúltimo párrafo al artículo 29-A que se emitan los comprobantes fiscales digitales por Internet con las retenciones de impuestos. Entre otros cambios también se encuentra la de tener un elemento de control en las Facturas Electrónicas, se trata que cuando estas se paguen en una o en varias exhibiciones lo precisen dentro de la factura electrónica y en el caso de una sola exhibición se tendrá que emitir un comprobante fiscal de inmediato señalando el monto total de la operación y forma de pago.
A continuacion se transcribe como quedaria el articulo 29-A del Codigo Fiscal de la Federacion en dado caso de que se aprobara esta iniciativa (enfasis añadido):
Artículo 29-A. Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes requisitos:
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
El 31 de mayo de 2013 se publicó en el diario Oficial de la Federación (DOF) la segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 y que, entre otras cosas, establece que los contribuyentes, personas físicas o morales, con ingresos acumulables superiores a 250,000 pesos deberán migrar a CFDI antes del 1 de enero de 2014.
Se prevé que para inicios de 2014 los requisitos del CBB y CFDI sigan siendo los mismos que actualmente están vigentes, considerando que solo los Comprobantes con Código de Barras Bidimensional CBB y los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet CFDI estarán vigentes para 2014, a continuación les dejo los requisitos de los CFDI y CBB:
Requisitos de la Factura Electrónica (CFDI) 2014 y ejemplo:
Las impresiones de las facturas electrónicas (CFDI) deben cumplir con los siguientes requisitos, cada requisito esta señalado en la factura de ejemplo que encontraran mas adelante:
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
Se cambia el límite para expedir facturas con Código de Barras Bidimensional de 4 millones a 250 mil pesos.
El 31 de mayo de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 y su anexo 3, la cual contiene muchos cambios respecto a la expedición de los comprobantes fiscales en México. En este artículo hablaremos del cambio de los requisitos para expedir los Comprobantes Fiscales con Código de Barras Bidimensional o CBB.
Anteriormente, si tenías ingresos iguales o inferiores a 4 millones tenías la opción de emitir este tipo de comprobantes, y con esta modificación, los ingresos bajan a 250 mil pesos (muy por debajo de lo pronosticado). Sin mas preámbulo, les dejo la presente resolución que nos habla de este cambio.
Disposiciones para la expedición de CBVB: a partir de enero de 2014 será de 250 mil pesos
Opción para la expedición de comprobantes fiscales impresos
I.2.8.1.1. Para los efectos del artículo 29-B, fracción I del CFF, las personas físicas y personas morales que tributen en el Título II de la Ley del ISR que en el último ejercicio fiscal hubieran manifestado en la declaración anual del ISR ingresos acumulables iguales o inferiores a $250,000.00, podrán optar por expedir comprobantes fiscales en forma impresa con dispositivo de seguridad. Los ingresos acumulables de referencia se determinarán únicamente con aquellos que deriven de ingresos, actos o actividades por los cuales exista obligación de expedir comprobantes fiscales.
Segundo párrafo: Se deroga.
En cualquier caso, cuando los ingresos acumulables excedan de $250,000.00, las personas físicas y morales no podrán volver a ejercer la opción a que se refiere la presente regla durante los ejercicios posteriores.
La facilidad prevista en la presente regla no podrá aplicarse a los contribuyentes que inicien actividades.
CFF 29, 29-A, 29-B, RMF 2013 I.2.8.3.1.1.
Emitir Comprobantes Fiscales con CBB en 2014
El Décimo Cuarto transitorio de la Resolución habla de que los contribuyentes que al 1 de enero de 2014 tengan comprobantes fiscales impresos con dispositivo de seguridad podrán continuar utilizándolos hasta que se agote su vigencia, siempre que sus ingresos para efectos del ISR en el ejercicio inmediato anterior no hayan excedido de la cantidad de $250,000.00 establecida por el SAT en la regla I.2.8.1.1. de la presente Resolución.
Cuando los contribuyentes que hubieren perdido el derecho para aplicar la facilidad prevista en la regla I.2.8.1.1. emitan comprobantes fiscales con dispositivo de seguridad, estos no serán válidos para deducir o acreditar fiscalmente.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
CONTADORMX
Mantente actualizado sin perder tiempo buscando información
Recibe directamente en tu correo información práctica para el contador en México.