Utilizar Porcentaje Menor en la Deducción de Inversiones cuida tu Perdida Fiscal


Quizá esto suene raro pero quien quiere que su perdida fiscal después de 10 años ya no la puedan aplicar a el pago provisional del ISR según el articulo 149 fracc I LISR, todo por el simple hecho de haber aplicado los porcentajes que nos marcaba la ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Los mas comunes podrían estos Activos Fijos:

  • 25% para automóviles, autobuses, camiones de carga, tractocamiones, montacargas y
    remolques.
  • 10% para mobiliario y equipo de oficina.
  • 6% para embarcaciones
  • 30% para computadoras personales de escritorio y portátiles; servidores; impresoras, lectores ópticos, graficadores, lectores de código de barras, digitalizadores, unidades de almacenamiento externo y concentradores de redes de cómputo.
  • 100% para maquinaria y equipo para la generación de energía proveniente de fuentes renovables.

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