Piensas usar un PCRDD? – Prestador de Certificación para la Recepción de Documentos Digitales

PCRDD envio de documentos

La tendencia paperless continúa con la puesta en marcha de la contabilidad electrónica, que entre 2015 y 2016 resulta obligatoria para la mayoría de las personas físicas y morales. También pasa a ser electrónico el documento de retenciones, que los contribuyentes deben hacer llegar al SAT a través de su PAC.

Por otra parte, la sección 2.8.10.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal recoge la creación de una nueva figura para incrementar la seguridad y agilizar el sistema electrónico tributario: el Prestador de Certificación para la Recepción de Documentos Digitales o PCRDD.

El Prestador de Certificación para la Recepción de Documentos Digitales

Desde 2014 se ha producido una digitalización masiva en el ámbito fiscal y tributario. Sin embargo, hasta hace poco el portal del SAT era la única vía de recepción de documentos electrónicos. Como consecuencia, la alta demanda de accesos simultáneos a los diferentes servicios online que ofrece el SAT, puede provocar fallas, lo que dificulta las gestiones y las alarga en el tiempo, impidiendo a los contribuyentes obtener todas las ventajas en cuanto a eficiencia que aporta la tecnología para la transferencia de datos.

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