Si antes eras REPECO, ahora debes estar en el Régimen de Incorporación Fiscal, por lo tanto, debes presentar declaraciones de manera bimestral: enero y febrero se presentan en marzo, marzo y abril se presentan en mayo, y así sucesivamente. Incluso, si tienes trabajadores puedes pagar en los mismos plazos el impuesto que les retengas.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net