Los requisitos fiscales para la facturación electrónica están a punto de modificarse, ya que a partir del 15 de julio de 2016 se tendrá la obligación de Método de pago en el CFDI, de lo contrario no será deducible. Antes que nada les dejo una breve explicación de lo que es la «Forma de Pago» y el «Método de Pago» por separado.
Forma de pago
La forma de pago es el atributo que precisa la forma en la que se realizará el pago de una operación representada por un CFDI. Los términos correctos a utilizar son los siguientes:
- Pago en una sola exhibición (de contado): referente a cuando el cliente cubrirá el total de la operación al momento de recibir la factura.
- Pago en parcialidades: referente a cuando el cliente hará el pago en cierto número de parcialidades ya sea con interés aplicado o libres de interés. Al especificar este tipo de pago es importante aclarar el número de parcialidad que dicha factura cubre, por ejemplo: 1 de X parcialidades.
Nuestra labor es compartir experiencia en el ámbito contable, fiscal y de seguridad social, con el fin de promover la Cultura Contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.