Si decidiste tramitar la reducción de coeficiente de utilidad para los pagos provisionales de 2011, existe la posibilidad de que la autoridad no te haga llegar una respuesta. En ese caso, y si deseas aplicar la jurisprudencia correspondiente, es importante considerar que esta hace énfasis en el método de cálculo del ISR anual y establece que la autoridad no puede determinar créditos fiscales con motivo de pagos provisionales mensuales.
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