El IVA en Importaciones es regulado por las autoridades aduaneras y se aplica al momento de ingresar mercancía al territorio nacional siendo estas gravadas ya sea al 0%, 11% o 16%. Este se puede ver aplicado en los pedimentos que nos dan los agentes aduanales.
Pero existe también el IVA por la adquisición de servicios o adquisición de Bienes Intangibles y este no es regulado por las autoridades aduaneras en los términos de la Ley Aduanera y su Reglamento correspondiente, por lo tanto debemos de aplicarlo conforme nos indica la ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA).
Artículo 1o.- Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes:
IV.- Importen bienes o servicios.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net