Si recibiste una carta invitación para regularizarte por depósitos en efectivo no declarados —ya sea en tu declaración anual como persona física o por obtener ese ingreso sin estar dado de alta en Hacienda—, debes considerar que el pago del ISR no te exime al 100 % de cubrir otras contribuciones, específicamente el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU). Para ello, te comparto la siguiente información.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net