IEPS para el RIF en venta de productos gravados

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En 2014 una reforma fiscal cambió la perspectiva de la Ley de IEPS, gravando alimentos no básicos con alta densidad calórica al 8%, además de los existentes en ese momento de tabaco, bebidas alcohólicas, cerveza o combustibles, los cuales solo se veían en grandes contribuyentes, pero a partir de ese año se introdujo en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF); desde ese momento lo vemos en el menor de los causantes con beneficios fiscales, a su capacidad  pero con obligaciones que los demás contribuyentes ya no pueden desconocer.

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