Si te encuentras en el supuesto de que un socio le presto a la empresa o Persona Moral una cantidad y por esa cantidad el cobrara intereses el derecho para poder deducir este concepto para esta ultima se podrá hacer siguiendo algunos lineamientos. Ya que como sabemos la mayoría de los socios no están dados de alta con obligaciones fiscales y menos para expedir comprobantes fiscales.
Ahora bien los intereses que pague la persona moral al socio por el préstamo otorgado, serán deducibles con el comprobante que se encuentra obligado a expedir el propio socio conforme a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA).
Nuestra labor es compartir experiencia en el ámbito contable, fiscal y de seguridad social, con el fin de promover la Cultura Contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.