A mi entender el SAT exige a las personas morales que los pagos provisionales presentados ya sea por equivocación del contribuyente (no sabia del nuevo esquema), por contingencia (no funcionaba el servicio pago referenciado en la pagina del SAT) o recomendación del SAT, se presente por cada uno de ellos declaración complementaria en el sistema de declaraciones y pagos.
Algunas Personas Morales presentaron en lugar de un Pago Referenciado un pago provisional en portal bancario, en ceros desde el portal o alguna corrección de datos por recomendación del SAT esperando con ello subsanar la obligación de sus declaraciones mensuales, a continuación les muestro la recomendación del SAT de elaborar los pagos provisionales en el esquema tradicional (anterior):
Nuestra labor es compartir experiencia en el ámbito contable, fiscal y de seguridad social, con el fin de promover la Cultura Contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.