Los días de descanso en 2013 que por ley los patrones deben conceder a sus trabajadores con goce de salario íntegro son los días considerados por el articulo 74 la LFT como festivos, es recomendable que los trabajadores y patrones cuenten con esta información para poder planear por una parte que los días festivos no impacten con las actividades laborales y por otro lado que el trabajador planee que hara con sus dias de descanso.
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