Descargar la constancia de retención de Plataformas Digitales (SAT)

Contabilidad de plataformas digitales SAT constancias CFDI

 

A partir del día primero de junio de 2020 la empresas extranjeras que presten servicios digitales de intermediación a usuarios en México por medio de aplicaciones, tienen la obligación de retener tanto el Impuesto Sobre la Renta (ISR) así como el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a sus usuarios personas físicas que enajenen bienes (ej. Amazon, Mercado Libre) o presten servicios (Airbnb, Uber, DiDi), dichas retenciones las deben pagar  al SAT a mas tardar el día 17 del mes siguiente en el que se generó el cobro.

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