Si pagas colegiaturas de los niveles de preescolar, primaria, secundaria, profesional técnico, bachillerato o su equivalente. Puedes deducirlos en tu declaración anual de persona física del ejercicio 2015 en abril de 2016. Para esto es necesario que los pagos cumplan con requisitos mínimos para ser deducibles y que en caso de una revisión de la autoridad te digan que no son deducibles solo por omitir un de ellos.
Las instituciones educativas pueden expedir facturas electrónicas que fueron pagadas en efectivo, ya que es su obligación, éstas no serán deducibles el próximo año cuando presentes tu declaración anual 2015.
Nuestra labor es compartir experiencia en el ámbito contable, fiscal y de seguridad social, con el fin de promover la Cultura Contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.